CUIT.: 30-53870999-5. Comunica que por Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 97 de fecha 14/07/2026 se resolvió por unanimidad: (i) aprobar el cambio de Sede Social al inmueble ubicado en Marcelo T. de Alvear 1430, piso 5°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y reformar en consecuencia el Artículo Primero del Estatuto Social, el que quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO PRIMERO: Bajo la denominación Balbi Retail S.A. continúa funcionando la sociedad anteriormente denominada Famularo S.A., autorizada por Resolución del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación, de fecha 22 de mayo de 1963, con el nombre de Famularo Sociedad Anónima Comercial e Industrial, inscripta en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial de Registro el 16 de agosto de 1963, bajo el N° 1490, al Folio 140 del Libro 57, Tomo A, de Estatutos Nacionales. Tiene su domicilio en Marcelo T. de Alvear 1430, piso 5°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital de la República Argentina. Podrá establecer sucursales, agencias y/o cualquier clase de representaciones en cualquier punto de la República Argentina o del extranjero, pudiendo asignarle o no, un Capital determinado.”; y (ii) reformar el Artículo Décimo Segundo del Capítulo III del Estatuto Social, en cuanto a la duración del mandato de los Directores Titulares, el que quedó redactado de la siguiente manera: “CAPÍTULO III. DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN. ARTÍCULO 12: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto de dos a cinco Directores Titulares, elegidos por la Asamblea de Accionistas, la que fijará el número de los mismos, quienes durarán tres ejercicios en el desempeño de sus funciones. La misma Asamblea podrá designar hasta cuatro Directores Suplentes, quienes asumirán en el orden de su designación en caso de fallecimiento, renuncia, ausencia o impedimento de alguno de los Directores Titulares y complementarán el mandato por el período que faltare cumplir al Director reemplazado. El mandato de cada Director se entiende prorrogado hasta el día en que sean designados sus reemplazantes por nuevas elecciones de la Asamblea, celebrada en los términos del artículo 234 Ley 19.550. Los Directores podrán ser reelegibles indefinidamente y deberán prestar cada uno de ellos para el desempeño de su mandato en calidad de garantía Quinientos pesos en dinero efectivo, o su valor nominal en acciones de otras sociedades o Bonos del Estado, cotizables en Bolsa, por valor equivalente, que será depositado en la Caja Social y deberá mantenerse mientras subsista el mandato.” Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria N° 97 de fecha 14/07/2026. SOFIA RAVENNA - T°: 144 F°: 659 C.P.A.C.F.
e. 25/08/2026 N° 59523/26 v. 25/08/2026