CUIT 33714556229.Acta: 24/7/26.Reforma art.3º.Objeto: Se suprime el punto B(fideicomisos) y se reeemplaza el punto A por el siguiente: A) Representaciones y Mandatarias: con sujeción a las leyes y reglamentaciones aplicables, las actividades permitidas a la categoría de agentes productores registrados ante la Comisión Nacional de Valores, regulados por la Ley Nº 26831, las Normas de la Comisión Nacional de Valores(Texto Ordenado 2013 y demás normas legales y reglamentarias aplicables.En este marco, la sociedad podrá realizar las siguientes actividades: En el ejercicio de sus actividades, el agente productor(AP) podrá realizar actividades de asesoramiento en el ámbito del mercado de capitales y de difusión y promoción de valores negociables autorizados a la oferta pública en la República Argentina, vinculados contractualmente y bajo responsabilidad de un Agente de Negociacion(AN) y/o Agente de Liquidación y Compensación(ALyC) y/o Asesor Global de Inversiones (AAGI),en los términos indicados en el artículo 20 del Capítulo VII del presente Título Ley Nº 26831.Podrá, asimismo, realizar actividades de difusión y promoción de valores negociables en el marco de la Oferta Privada de Valores Negociables y de la Oferta de Valores Negociables sin Contacto Suficiente con la República Argentina, conforme las disposiciones del art.29 del Capítulo VII del presente Título.El AP deberá mantener informado al Agente de Negociación(AN) y/o Agente de Liquidación y Compensación (ALyC) y/o Asesor Global de Inversiones AAGI) con quien hubiere suscripto convenio sobre todas las actividades que desarrolla en el ámbito del mercado de capitales .En el marco de su actuación, el agente productor (AP) podrá captar clientes para los Agente de Negociacion (AN) y/o Agente de Liquidación y Compensación (ALyC) y/o Asesor Global de Inversiones (AAGI),así como referenciar fondos comunes de inversión, previa suscripción de los convenios respectivos.No podrá: i) Utilizar como propia la denominación de los Agentes con los que haya celebrado convenio, ni actuar como representante de éstos.ii) Recibir fondos y/o valores negociables de clientes o en nombre de clientes.iii) Custodiar fondos y/o valores negociables de clientes o en nombre de clientes.iv) Actuar como Agente de Colocación y Distribución de Fondo Comun de Inversion.V) Delegar en terceros, total o parcialmente la ejecución de los servicios que constituyan el objeto del contrato suscripto con los Agentes para actuar como agente productor(AP).vi) Utilizar contraseñas o firmas electrónicas del cliente.Vii) Gestionar órdenes ni administrar carteras de clientes.Autorizado por nota del 4/8/26 Gerson Cesar Gonsales - T°: 124 F°: 881 C.P.A.C.F.
e. 18/08/2026 N° 57487/26 v. 18/08/2026