notarum Boletín Oficial

← segunda · martes 14 de julio de 2026

BML GENERADORA S.A.

id A1509941

BML GENERADORA S.A. CUIT 30-71914763-8, comunica que por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 3/7/2026 se resolvió reformar el artículo tercero del estatuto social el cual quedó redactado de la siguiente manera:” ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene como objeto exclusivo dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociados a éstos, en cualquier parte del país o del extranjero a la realización de actividades de inversión, a cuyo fin podrá adquirir participaciones en empresas y sociedades constituidas o a constituirse, cualquiera fuera su objeto, siempre de acuerdo a lo establecido por el artículo 30 de la Ley General de Sociedades número 19.550. Para el mejor cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá realizar las siguientes operaciones: (a) presentarse en procesos competitivos, concursos o licitaciones nacionales y/o internacionales a los efectos de la adquisición directa o indirecta de participaciones accionarias en sociedades, pudiendo a tales fines presentar ofertas, individual o conjuntamente, en calidad de integrante, participante, oferente y/o cualquier otra figura que resulte admisible, invocando o no Conjunto Económico y actuando o no en representación de dicho Conjunto Económico, todo según los pliegos de bases y condiciones aplicables, celebrar todos los actos necesarios y/o convenientes a los fines de su participación en dichos concursos o licitaciones y asumir todos los derechos y obligaciones previstos en los referidos pliegos de bases y condiciones, incluyendo sus modificaciones y/o aclaraciones. (b) Operaciones Financieras, incluyendo el otorgamiento de garantías, préstamos o avales a favor de terceros; compra, venta y administración de acciones, títulos públicos, debentures y demás valores mobiliarios con excepción de las operaciones comprendidas en las prescripciones de la ley número 18.071 y demás regímenes al Comercio Público. (c) Otorgar préstamos y garantías, incluyendo los mutuos, avales, fianzas, sellos y/o cualquier otro tipo de respaldo, sea real o personal, para garantizar deuda y/u obligaciones propias y de terceros. (d) Aportes de capitales a personas o a otras sociedades constituidas o a constituirse, para financiar operaciones realizadas o a realizarse, así como la emisión y compraventa de acciones, debentures, obligaciones negociables y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse. Quedan excluidas del objeto social las actividades que prescribe la Ley de Entidades Financieras número 21.526 o las que en el futuro la reemplacen. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derecho, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las normas legales, reglamentarias o por el presente estatuto social”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 03/07/2026 Ignacio Martin Meggiolaro - T°: 100 F°: 507 C.P.A.C.F.

e. 14/07/2026 N° 48611/26 v. 14/07/2026