CUIT 30-71474694-0. Que por Asamblea General Extraordinaria del 19/01/2021 se resolvió: (i) Aumentar el capital social en la suma de $ 798.342, es decir, de la suma de $ 100.000 hasta la suma de $ 898.342 mediante la capitalización de la cuenta “Ajuste de Capital”; (ii) emitir 798.342 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1, con derecho a un voto cada una, las cuales serán distribuidas a prorrata de las tenencias accionarias; (iii) Los señores accionistas han suscripto la totalidad de las nuevas acciones emitidas. En consecuencia, y como resultado de la emisión de las acciones liberadas aprobada por la Asamblea, la composición del capital social y las respectivas tenencias accionarias quedan conformadas de la siguiente manera: a) Juan José Assenza: resulta titular de un total de 518.793 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción; b) Natalia Soledad Giuliani: resulta titular de un total de 126.099 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción y de 1.870 acciones preferidas, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción; c) Lourdes Marcela Bellezze: resulta titular de un total de 91.406 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción; d) Pedro Gregorio Gandolfo: resulta titular de un total de 42.157 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción y de 2.805 acciones preferidas, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción; e) Incutex Ventures S.A.: resulta titular de un total de 102.387 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción y de 12.825 acciones preferidas, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción; y (iv) Reformar el artículo cuarto del estatuto social, quedando redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: A) El capital social es de $ 898.342 (Pesos ochocientos noventa y ocho mil trescientos cuarenta y dos), representado por: (1) 880.842 (ochocientos ochenta mil ochocientos cuarenta y dos) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 (Pesos Uno) cada una y de 1 (uno) voto por acción y con las condiciones de emisión que se indican en el punto B) de este artículo; y (2) 17.500 (diecisiete mil quinientas) acciones preferidas, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 (Pesos Uno) cada una y de 1 (uno) voto por acción y con las condiciones de emisión que se indican en el punto B) de este artículo. B) Condiciones de emisión de Acciones: (1) Acciones Ordinarias: acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 (Pesos Uno) cada una, que otorgan a sus titulares derecho a un voto por acción. (2) Acciones Preferidas: acciones preferidas, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 (Pesos Uno) cada una, que otorgan a sus titulares derecho a un voto por acción. (a) En caso de liquidación de la Sociedad, las acciones preferidas gozarán de una preferencia de cobro sobre las acciones ordinarias, hasta alcanzar un monto equivalente a la suma de $ 212.500 (Pesos Doscientos Doce Mil Quinientos). (b) El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, sin requerirse previa conformidad administrativa, conforme al Art. 188 de la Ley N° 19.550. La Asamblea podrá delegar en el Directorio la época de la emisión, forma y condiciones de pago. La Asamblea, al decidir cada aumento de capital, deberá fijar todas las características de las acciones a emitir, inclusive si son ordinarias, el número de votos que conferirán, que podrá ser de uno a cinco, y si son preferidas, si tendrán derecho a voto o no. La Asamblea podrá establecer que las nuevas emisiones se hagan con prima”. Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 19/01/2021 LUCIO LAURENT - T°: 154 F°: 801 C.P.A.C.F.
e. 25/06/2026 N° 44114/26 v. 25/06/2026