notarum Boletín Oficial

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SINERGIA NODO S.R.L.

id A1498425

Contrato social del 19/05/26. Iván Mauricio GOMEZ, nacido 28/11/2002, DNI 44.596.476, CUIT 20-44596476-0, con domicilio en Salta 997, CABA y, Ana Laura LURIG nacida 24/10/2003, DNI 45.146.824, CUIT 27-45146824-9, con domicilio en la calle Virrey Ceballos 1470, PB Dpto. 1, CABA, ambos argentinos, solteros y comerciantes. Duración 99 años desde su inscripción. Objeto: a) importación, exportación, comercialización por mayor y menor; consignación, distribución, de artículos de bazar, regalería, juguetería, librería, perfumería, cosmética, marroquinería, textil, ferretería y jardín, iluminación, electricidad, electrodomésticos, artículos para el hogar, blanquera, accesorios para mascotas y acuarios y toda clase de bienes y productos permitidos e incluidos en el nomenclador de la aduana. b) Administración, diseño, desarrollo, asesoramiento, elaboración y comercialización de bienes y servicios digitales, marketing digital, posicionamiento web, e-commerce, programación, diseño y desarrollo web, gráficos y multimedios, realización de proyectos de cualquier índole en cualquier plataforma digital; como así también el ejercicio de representaciones, comisiones y mandatos relacionados con la actividad social.- Para su cumplimiento la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos u operaciones que se vinculen directa o indirectamente con su objeto social Capital $ 1.000.000 divididos en 1.000 cuotas de $ 1.000 c/u valor nominal y con 1 voto c/cuota. Iván Mauricio GOMEZ, suscribe 900 cuotas y, Ana Laura LURIG suscribe 100 cuotas. Administración y Representación Legal 1 o más gerentes, socios o no, en forma indistinta por el término de duración de la sociedad. Cierre: 30/4. Gerente: Iván Mauricio GOMEZ, con domicilio especial en sede social: Azcuénaga 35, piso 26, departamento 1. CABA. Autorizado según instrumento privado contrato social de fecha 19/05/2026 Sonia Elizabeth Ruiz Mereles - T°: 103 F°: 657 C.P.A.C.F.

e. 03/06/2026 N° 37454/26 v. 03/06/2026