CUIT 30-71256980-4. Se hace saber que por Acta de Reunión de socios, de fecha 13 de abril de 2026, se resolvió modificar el plazo de vigencia del mandato de la administración y representación legal de la Sociedad, y como consecuencia de ello se reformó el artículo QUINTO del estatuto en los siguientes términos: ”ARTÍCULO QUINTO: La administración y representación legal de la sociedad corresponderá a la gerencia, compuesta por uno o más gerentes, entre un mínimo de 1 (uno) y un máximo de 5 (cinco), según lo determine la reunión de socios, por plazo indeterminado y hasta la renuncia o remoción, siendo reelegibles. Los socios también podrán designar gerentes suplentes en un número igual o menor al de gerentes titulares. Los gerentes podrán ser socios o no, y actuar en forma individual e indistinta. Cada gerente tendrá todas las facultades para realizar los actos tendientes al cumplimiento del objeto social, entre ellos, operar con bancos e instituciones de crédito oficiales, nacionales o extranjeros, privados o mixtos, dentro y/o fuera del país; establecer agencias, sucursales, u otra especie de representación dentro y/o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes de toda índole, con el objeto y extensión que juzgue conveniente, y revocarlos total o parcialmente, pudiendo incluso celebrar aquellos actos para los cuales la ley requiere poderes especiales.” A su vez, y atento al vencimiento del mandato conferido mediante acta del 18 de septiembre del 2023, por el término de 3 periodos como gerente del Sr. BRAUN PELLEGRINI EZEQUIEL, en este acto se procedió a designarlo por un nuevo periodo al Sr. BRAUN PELLEGRINI EZEQUIEL, DNI 28.862.571, quien aceptó el cargo conferido y constituyó domicilio especial en Av. Figueroa Alcorta 3700, Piso 6, Departamento B, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Carolina Canziani Aguilar -Abogada- Autorizada por Acta de Reunión de Socios del 13 de Abril del 2026.- Autorizado según instrumento privado Acta de Reunion de Socios de fecha 13/04/2026 Carolina Canziani Aguilar - T°: 78 F°: 680 C.P.A.C.F.
e. 21/05/2026 N° 33882/26 v. 21/05/2026