CUIT 30-70787425-9. Por Escritura 65 del 15/05/2026 y asamblea ordinaria y extraordinaria unánime N° 3 del 15/04/2026 se resolvió reformar el Artículo 3 del estatuto social, el cual ha quedado redactado del siguiente modo: “TERCERA: La sociedad tiene por objeto realizar como actividad típica y habitual: (i) otorgar financiaciones, en sus diferentes modalidades, con o sin desembolso de fondos (tales como otorgamiento de garantías o participar en la cesión o descuento de documentos), cualquiera sea la forma jurídica y operativa bajo la cual se instrumenten tales financiaciones; y (ii) la intermediación de contratos de seguros generales, en carácter de agente institorio o la figura que en el futuro la reemplace, y la comercialización masiva de seguros comprendidos en el Decreto 855/94 del Poder Ejecutivo Nacional (y sus complementarios y modificatorios) y la Resolución Nº 23.469 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (y sus complementarias y modificatorias). Para cumplir dicho objeto social, podrá realizar todas las actividades conexas a éste, en particular las orientadas al asesoramiento y la vinculación de clientes, selección de los riesgos crediticios que considere adecuados, obtención y mantenimiento de las garantías (ya sean de carácter real, personal o de otro tipo) y todo tipo de resguardos y acciones orientadas a la recuperación del crédito, incluida la gestión -por cuenta propia y o de terceros- del recupero de las acreencias morosas, y la cesión de las financiaciones. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todo acto que no esté prohibido por la legislación o por este estatuto, quedándole expresamente exceptuadas las operaciones comprendidas en el art. 1 de la Ley 21.526 de Entidades Financieras y en el art. 1 de la Ley 18.924 de Casas, Agencias y Oficinas de Cambio. Las modificaciones del objeto social deberán ser informadas a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del Banco Central de la República Argentina, admitiéndose la verificación de las operaciones de la empresa con el alcance previsto en la Ley de Entidades Financieras.”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 65 de fecha 15/05/2026 Reg. Nº 1350 CYNTHIA GISELLE CANZANI - Matrícula: 5117 C.E.C.B.A.
e. 20/05/2026 N° 33670/26 v. 20/05/2026