CUIT 30716192659. Comunica que por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 27 de marzo de 2026 por unanimidad se resolvió aprobar la modificación del artículo Tercero del Estatuto social y reemplazarlo por el siguiente: “La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros en cualquier lugar de la República Argentina, o en el exterior, a la locación y prestación de servicios administrativos o de gestión operativa, que no requiera autorización específica de organismos estatales, gubernamentales o de cualquier otra índole. Aquellas actividades que requieran autorización previa de un organismo público de control, enumeradas a continuación al solo efecto ejemplificativo: Agente Productor de Agentes de Negociación o de Agentes de Liquidación y Compensación; o Agente Asesor Global de Inversiones, u otro tipo de Agentes Registrados de Mercados de Capitales, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 26.831, al decreto 471/2018 y las Normas CNV (N.T. 2013), sólo podrán ser desarrolladas una vez obtenida la inscripción en el registro de la CNV; pudiendo desplegar otras actividades de servicio y gestión no detalladas en la presente. En el caso de ser Agente Productor podrá prestar asesoramiento comercial, vinculado a operaciones en los mercados autorizados por CNV; brindar información sobre sus servicios; captar clientes para su posterior alta por parte del Agente de Liquidación y Compensación o Agente de Negociación con quien haya suscrito un contrato; o bien actuar como referenciador ante intermediarios de valores de mercados del exterior mediante los canales autorizados por la reglamentación vigente. Asimismo, podrá intervenir, para su cuenta propia o para terceros, en el país o en el exterior, en mercados autorizados o fuera de ellos, en negocios e inversiones financieras en general. En este marco, podrá ejecutar instrucciones por mandato y actuar en representación de terceros en aquellas actividades que no se encuentren regulados por la Ley de Entidades Financieras o que requieran autorización de un ente público de contralor.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Nro. 14 de fecha 27/03/2026 Rafael Carlos Monsegur - T°: 39 F°: 344 C.P.A.C.F.
e. 14/05/2026 N° 31989/26 v. 14/05/2026