CUIT 30-60572891-6. Por acta de Asamblea del 30/04/2026 se reformó el objeto social, por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: a) CONSTRUCTORA. La ejecución de obras públicas y privadas, tales como la construcción de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de inmuebles, obras viales, hidráulicas, energéticas, gasoductos, oleoductos, obras mineras, desagües, diques, puertos, demoliciones y la explotación, compraventa, administración e intermediación en dichas operaciones sobre bienes inmuebles propios o de terceros. La fabricación, compra, venta, importación, exportación, y distribución de todo tipo de materiales de construcción necesarios para la ejecución de las obras mencionadas precedentemente, o para su venta en forma individual. Además podrá presentarse en licitaciones (públicas y/o privadas), bajo cualquier forma de contratación, en especial contratos de concesión, bajo cualquier modalidad; realizar contrataciones directas y relacionarse contractualmente de cualquier forma permitida por las leyes vigentes, ya sea con organismos estatales de toda índole (entes autárquicos, empresas y/o sociedades del estado, sociedades de economía mixta, organismos descentralizados y/o de cualquier otra naturaleza jurídica) y/o con el estado nacional, estados provinciales y/o municipales del país o del extranjero, para la prestación de toda clase de servicios, provisión de suministros y realización de obras por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros. Cuando se trate de obras, proyectos o dirección de las mismas, deberá contratarse un profesional habilitado en la materia de que se trate; b) INDUSTRIAL: producción, elaboración e instalación de durmientes de hormigón, premoldeados de hormigón, como armaduras de hierro y todo tipo de premoldeados de hormigón simple, armado o pretensazo; la explotación, industrialización, transporte y comercialización, tanto en el país como en el extranjero, de los minerales requeridos para su fabricación, como así también los de cualquier otro elemento que interese a dicha industria; aceptar representaciones nacionales y extranjeras que se vinculen a la misma actividad; prestación de asesoramiento y servicios técnicos a terceros, vinculados con la instalación de plantas de pre-moldeado de hormigón y con la fabricación de sus productos. Queda incluida la producción y comercialización de artículos complementarios o sustitutivos de los enunciados precedentemente; C) MINERIA: exploración, adquisición y explotación de minas, canteras y yacimientos; depósitos de canto rodado, arenas, arcillas o similares; venta de sus productos y derivados; hacer manifestaciones de hallazgos, solicitar cateos, socavaciones o restauraciones, minas vacantes, expropiaciones de superficie, servidumbre, y cualquier otro derecho establecido en el Código de Minería. Quedan excluidas las minas de petróleo e hidrocarburos; D) GENERACION DE ENERGIA: Producción, transformación y generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables (solar, eólica, biomasa) y no renovables (térmica, gas). Operación e Infraestructura: Construcción, montaje, mantenimiento y operación de centrales eléctricas, parques solares, parques eólicos, estaciones transformadoras y líneas de transmisión. Comercialización: Venta de energía eléctrica y potencia en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), celebración de contratos PPA (Power Purchase Agreements) y comercialización de excedentes bajo el régimen de generación distribuida. Servicios y Suministros: Importación, exportación, compra y venta de equipos (paneles solares, turbinas, inversores), prestación de servicios de ingeniería, consultoría técnica y auditorías energéticas; E) IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN. Cuando la norma así lo prevea, las actividades pertinentes serán realizadas por profesionales con título habilitante. A tales efectos, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no estén prohibidos por las leyes o por este estatuto. Autorizado según instrumento privado ACTA DE ASAMBLEA de fecha 30/04/2026 Rosa Mabel Luján Duartes - T°: 119 F°: 389 C.P.A.C.F.
e. 11/05/2026 N° 30882/26 v. 11/05/2026