CUIT 30-70494338-1: Comunica que por Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 03/03/2026 se resolvió: (i) modificar el objeto social de la Sociedad para ajustarlo a los lineamientos del RIGI y (ii) reformar el artículo tercero del Estatuto Social en consecuencia. Dicho artículo quedo redactado de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo el desarrollo, construcción y explotación del proyecto de inversión minero denominado “Taca-Taca” ubicado, en la República Argentina, en la Provincia de Salta y que actualmente se compone de los siguientes depósitos minerales: Taca-Taca, como así también las actividades de prospección y exploración en los mencionados depósitos minerales y/o en otras áreas de prospección y exploración que forman parte del “Proyecto Taca-Taca” (en adelante denominado indistintamente como “Proyecto Único” en los términos del Título VII de la Ley 27.742). La sociedad no podrá desarrollar actividades no relacionadas con dicho proyecto ni poseer activos que no estén afectados al mismo, con excepción de las inversiones transitorias de su capital de trabajo que hagan a la administración prudente de los fondos de la sociedad y las actividades impuestas por el ordenamiento legal. La Sociedad solo podrá realizar actividades para las cuales esté habilitada en su carácter de Vehículo de Proyecto Único en los términos del art. 169, siguientes y concordantes de la Ley N° 27.742 y de su normativa reglamentaria. En ese marco, para el cumplimiento de su objeto la Sociedad podrá desarrollar las siguientes actividades en la medida en que se vinculen con el referido Proyecto Único: MINERÍA E INDUSTRIA: explorar yacimientos y minas; su explotación, prospección, perforación; denuncia de cateos de minas; compra y venta de yacimientos y minas; industrialización, importación y comercialización de todo tipo de minerales; realización de trabajos mineros; prestación de asistencia técnica y elaboración de datos de laboratorio referidos a la explotación y comercialización de minerales; realizar todo tipo de representación vinculada con la actividad minera; realizar por cuenta propia o por cuenta de terceros trabajos geológicos, de impacto ambiental y medio ambiente, geofísicos, perforaciones, trabajos de laboratorio, elaboración de estudios y/o análisis químicos y geoquímicos en general, como así también consultoría en los temas atinentes a la materia minera, petrolera, de geología aplicada, de impacto ambiental, y afines; comprar, vender, permutar y usufructuar concesiones mineras, bienes muebles bienes registrables o no, vehículos y maquinarias de cualquier tipo, e inmuebles en general; importar y/o exportar plantas industriales “llave en mano”, hornos, maquinarias, motores, equipamiento en general para la industria minera, máquinas viales, camiones, camionetas, cualquier tipo de vehículo para la explotación, como motos, triciclos, o cuatriciclos doble tracción, bicicletas y otros, campamentos y equipos para la exploración en general, así como camiones para transporte fuera de ruta, maquinarias y equipamiento específico para minería y sus plantas industriales relacionadas, y en fin, todo lo atinente a la industria minera y vinculadas; importar y exportar y/o realizar todo tipo de trámites vinculados con materias primas en general, minerales y/o productos refinados a partir de minerales, concentrados y/o sus derivados, siempre que esté vinculado al desarrollo del Proyecto Taca-Taca. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no estén prohibidos por las leyes o por este estatuto” Autorizado según instrumento privado Acta de asamblea de fecha 03/03/2026 MILAGROS VICTORIA VARONA - T°: 148 F°: 189 C.P.A.C.F.
e. 05/05/2026 N° 28924/26 v. 05/05/2026