30-61029860-1. Por Asamblea General Extraordinaria de fecha 21/04/2026, se resolvió ampliar el objeto social del estatuto, quedando redactado de la siguiente manera: ARTICULO TERCERO: OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el País o en el Exterior dentro de los límites fijados por las leyes y reglamentaciones vigentes y con sujeción a las mismas las siguientes actividades: A) Prestación de asistencia médica en todas sus especialidades, incluido el traslado de pacientes en ambulancia, traslados sanitarios aéreos y la atención de primeros auxilios.- Dichas prestaciones se realizaran por medio de personal habilitado en legal forma según las reglamentaciones vigentes; pudiendo desarrollar su actividad en el ámbito urbano o rural, en la actividad petrolera, minera, industrial, de la construcción y en cualquier otra que lo requiera; con vehículos propios o de terceros en los cuales se desplazarán personal e insumos necesarios para las prestaciones; B) Servicio de transporte de pasajeros, explotación del transporte por automotor en general y/o de personas con capacidades diferentes. La prestación de dicho servicio podrá ser llevada por cuenta propia, de terceros contratados o asociación de IHSA con terceros. Dichos servicios serán llevados por efectuados por personal habilitado en legal forma y cumplimentaran las normativas legales vigentes aplicables a la explotación; C) Organización de sistema de medicina prepaga o por abonos para todas las especialidades y patologías; D) Elaboración, importación y exportación, distribución, comercialización de: i) equipamiento de salud: equipos, materia prima, e instrumental de medicina y/u odontología en todas sus especialidades, aparatología electrónica y/o todo tipo de dispositivos, equipos de atención médica urgente para uso en espacios o móviles destinados a la reanimación cardiaca, así como también las cabinas y todos aquellos complementos y dispositivos que resulten necesarios para la correcta utilización de los mismos; ii) productos médicos, descartables, de ortopedia, material instrumental hospitalario, de higiene sanitaria, insumos y equipamiento médico; y iii) drogas medicinales, farmacéuticos, fito-sanitarios, productos biológicos, químicos y bioquímicos, vacunas, sueros. Todo ello, adecuándose a las normas establecidas por las autoridades sanitarias correspondientes y con la intervención necesaria de los profesionales habilitados para ello, en caso de corresponder; E) Realización de obras de carácter público o privado, incluyendo la construcción, montaje y equipamiento de trailers o unidades habitacionales o destinadas a la prestación de servicios médicos o depósitos; e inmuebles en general, comprendiendo la construcción e instalación de los servicios de infraestructura a ellos relacionados necesarios para su funcionamiento; F) Investigación, desarrollo, transferencia y mantenimiento de modelos de gestión, programas y sistemas de información y comunicación que resulten necesarios para la organización de servicios médicos en el sector público y privado, mediante la utilización de tectologías presentes o futuras incluyendo servicios de captura y transferencia de voz, datos e imágenes por medios electrónicos, informativos y telemáticos. Asimismo, podrá otorgar fianzas, avales, hipotecas, prendas y cualquier otra clase de garantías reales o personales respecto de obligaciones propias; G) Realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros o por medio de Uniones Transitorias o agrupaciones de colaboración y bajo cualquier otro tipo de contratación creada o a crearse en el país o en el extranjero, actuando incluso como mandante o mandatario, por representación, filiales o sucursales las actividades que seguidamente se detallan: i) Servicio de transporte aéreo no regular interno o internacional, de pasajeros, correo, cualquier tipo de carga y traslado aéreo sanitario; ii) Importación y exportación de aeronaves, sus componentes, accesorios y repuestos, fabricación, alquiler, compra, venta, administración y explotación de aeronaves en cualquiera de sus formas. Para su cumplimiento la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto. Autorizado según instrumento privado ASAMBLEA EXTRAORDINARIA de fecha 21/04/2026 MICAELA LORENA CATACORA - T°: 139 F°: 941 C.P.A.C.F.
e. 30/04/2026 N° 27941/26 v. 30/04/2026