C.U.I.T. 30-65715824-7. Protocolización de ACTA Nº 106 ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS del 16/01/2026 donde se resolvió la reforma del artículo TERCERO del Estatuto Social: “Tiene objeto realizar por cuenta propia, de terceros, o asociados a terceros, las siguientes actividades: INMOBILIARIA: Ejercicio de las incumbencias relativas a la actividad de corredor inmobiliario que autoriza la ley. Para el cumplimiento de tales fines, podrá realizar todo tipo de corretaje inmobiliario e intermediación en la adquisición, refacción, remodelación, venta, permuta, tasadora, intervención como comisionista, mandataria y gestora de operaciones inmobiliarias y comerciales de cualquier naturaleza, incluyendo aquellas financieras. Todo ello respecto a inmuebles urbanos o rurales, individuales, incluyendo pero sin limitarse a, aquellos sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal, leyes y reglamentos correspondientes, viviendas colectivas, centros comerciales o no, guardacoches, depósitos, complejos edilicios, urbanizaciones, fraccionamientos, loteos, barrios privados, countries, cementerios, emprendimientos financieros a través de fideicomisos, leasing y, en general de todo inmueble o proyecto inmobiliario, cualquiera sea su destino, pudiendo ejercer libre e íntegramente, todas las facultades y actividades de la administración de tales proyectos. Para ser socio se requiere título habilitante de corredor público y/o corredor inmobiliario”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 23 de fecha 03/02/2026 Reg. Nº 1272 Bernardo Calandra Demolitsas - Matrícula: 4676 C.E.C.B.A.
e. 05/02/2026 N° 5657/26 v. 05/02/2026