notarum Boletín Oficial

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GRUPO CENIT S.A.

id A1462758

Rectificatorio de fecha 11/12/2025, T.I. N° 93341/25. Por escritura 9 del 16/01/2026, folio 27, Registro 1331, CABA: 1) Se modificó la redacción del OBJETO SOCIAL quedando el siguiente texto: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, tanto en la República Argentina como en el exterior, a las siguientes actividades: INMOBILIARIA: Operaciones inmobiliarias en general, compraventa, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, así como también todo tipo de fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas, y parques industriales, pudiendo tomar la venta o comercialización, operaciones inmobiliarias de terceros. Así como también podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros.- CONSTRUCTORA: Ejecución, desarrollo y construcción de toda clase de obras y/o instalaciones y/o proyectos inmobiliarios, civiles, públicos o privados, así como también la reparación, reciclado, remodelación y refacción de obras y/o instalaciones y/o proyectos inmobiliarios, incluyendo edificios bajo el régimen de propiedad horizontal, viviendas, complejos, residenciales o mixtos, instalación de oficinas comerciales y/o industriales de todo tipo.- Podrá actuar como fiduciante, fiduciaria, y/o beneficiaria.- FINANCIERA e INVERSION: Otorgar financiamiento, garantizar y emitir garantías, recibir y endosar de y a terceros, instrumentos legales de posesión de mercaderías, extender, aceptar y/o endosar avales, trust, receipts, letras, pagares, y cualquier otro instrumento de pago o de cobro necesario para el desenvolvimiento del objeto social y su financiamiento, realizar aportes de capital para operaciones realizadas o a realizarse, participar en empresas por acciones en el país o en el exterior, constituir y participar en Uniones Transitorias, Joint Ventures, Consorcios y en general comprar, vender, y negociar títulos, acciones y toda clase de valores mobiliarios, y papeles de crédito en cualquier modalidad creados o a crearse. Se excluyen expresamente las operaciones financieras comprendidas en la Ley 21.526. En los casos que para el ejercicio de alguna de las actividades citadas sea necesario el contar con título habilitante se procederá a contratar profesionales idóneos para la realización de dichas tareas conforme a las normativas vigentes.- A tal fin la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el presente contrato”.- Reforma art. 3º. Y 2) Se suprimió el siguiente texto del Articulo DECIMO: “Dicha autorización no será computada a efectos del quórum”.- Reforma art. 10º. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 9 de fecha 16/01/2026 Reg. Nº 1331 Nicolàs Liporace - Matrícula: 5497 C.E.C.B.A.

e. 21/01/2026 N° 2708/26 v. 21/01/2026