notarum Boletín Oficial

CUIT: 33-71083070-9. Por asamblea general extraordinaria de accionistas de fecha 04/12/2025 se decidio por unanimidad reformar el articulo 3° del estatuto social el cual queda redactado de la siguiente forma:“ARTÍCULO TERCERO: OBJETO. La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y y/o asociada con terceros, en el país o en el extranjero las siguientes actividades: a) La prestación de servicios gastronómicos, hoteleros y de recepción y atención de público en general, incluyendo la instalación, explotación y administración de restaurantes, bares, confiterías, cafeterías, casas de comida, locales de comidas rápidas, heladerías y establecimientos afines; la elaboración, industrialización, conservación, envasado, congelado, distribución y comercialización, mayorista y minorista, de productos alimenticios y bebidas de todo tipo; la prestación de servicios de lunch, catering, delivery, organización y producción integral de eventos sociales, empresariales, deportivos, culturales y artísticos, así como la realización de espectáculos públicos y servicios de buffet, musicalización, ambientación y publicidad vinculados a tales actividades. b) Prestación de servicios turísticos y de atención al viajero, incluyendo servicios de alojamiento temporario, hotelería, hospedaje, recreación y ocio, y demás servicios complementarios vinculados al turismo y al transporte de pasajeros. c) El desarrollo de actividades agropecuarias, ganaderas, de granja, avícolas, porcinas, equinas, caprinas, ovinas, ictícolas, acuícolas, apícolas, vitivinícolas, frutihortícolas y forestales, comprendiendo la cría, invernada, engorde, reproducción, capitalización, compra y venta de ganado y demás especies; la producción, acopio, industrialización, conservación, procesamiento, salado, curado, secado, congelado, envasado y comercialización de carnes, pescados, mariscos, productos y subproductos de origen animal y vegetal, cueros, lanas y demás materias primas relacionadas. d) La explotación de establecimientos frigoríficos y plantas de faena y procesamiento de productos alimenticios y afines, y la prestación de servicios de frío industrial, conservación y depósito de mercaderías. e) El desarrollo de actividades industriales relacionadas con la elaboración, fabricación, armado, reparación y mantenimiento de productos, subproductos, maquinarias, equipos, instalaciones, componentes y accesorios textiles, metalúrgicos y de otros rubros vinculados o complementarios de las actividades precedentes. f) La ejecución de obras de construcción y de ingeniería de todo tipo, públicas o privadas, incluyendo la construcción, refacción, ampliación, remodelación y mantenimiento de edificios residenciales y no residenciales, obras civiles, viales, de infraestructura, urbanización, obras hidráulicas, instalaciones eléctricas, sanitarias, de gas y demás obras complementarias. g) La compra, venta, permuta, alquiler, leasing, consignación, representación, distribución y depósito, importación y exportación, al por mayor y menor, de bienes muebles, mercaderías, materias primas, insumos, maquinarias, herramientas, vehículos, equipos, repuestos, productos alimenticios, bebidas y demás bienes vinculados a los rubros indicados y, en general, de bienes de consumo y de capital no prohibidos por la ley. La sociedad podrá realizar todas las operaciones y actos jurídicos lícitos que sean conexos, complementarios o accesorios de las actividades precedentes, así como invertir y participar en el capital de otras sociedades o emprendimientos, nacionales o extranjeros, cuyo objeto sea igual, similar, complementario o vinculado al de la sociedad. EXCLUSIONES: Quedan excluidas las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso del ahorro público, los servicios públicos, y las actividades de asesoramiento exclusivas de contadores públicos y abogados. La sociedad no efectuará ninguna clase de transporte público, tanto de pasajeros, de residuos y/o transporte y distribución de energía eléctrica. La sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.” Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 04/12/2025 ANDRES EDUARDO PRINA VALCARCE - T°: 153 F°: 545 C.P.A.C.F.

e. 19/12/2025 N° 96539/25 v. 19/12/2025