notarum Boletín Oficial

CUIT: 30-70989881-3. Comunica que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 25/11/2025, se resolvió: (A) aumentar el capital social por la suma de $ 52.349.880.687, es decir, de la suma de $ 396.840.388 a la suma de $ 52.746.721.075, mediante la capitalización de la cuenta ajuste de capital por $ 52.349.880.687; y la emisión de 52.349.880.687 acciones liberadas adjudicadas al único accionista de la Sociedad, PREF BA MALL II LLC. (B) aumentar el capital social por la suma de 532.795.163, es decir de la suma de $ 52.746.721.075 a la suma de $ 53.279.516.238, mediante la emisión de 532.795.163 acciones, las cuales se integran en un 25% y el 75% restante se integrará en un plazo de hasta dos años, conforme el artículo 187 de la ley 19.550. El accionista PREF BA MALL II LLC renunció al derecho de suscripción preferente y de acrecer que le corresponde respecto de las 532.795.163 acciones del aumento de capital aprobado y, en consecuencia, PGS BAM I, LLC suscribe 532.795.163 acciones, e integra el 25% del valor nominal de las mismas (es decir, la suma de $ 133.198.797,4) obligándose a integrar el saldo dentro de los 2 años. Se deja constancia que las tenencias resultantes luego de los dos aumentos de capital son las siguientes: PREF BA MALL II LLC 52.746.721.075 acciones; y PGS BAM I, LLC, 532.795.163 acciones. Todas las acciones son ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1, con derecho a un voto cada una. (C) reformar el artículo 4° del Estatuto Social referido al capital social y reformar el artículo 1° conforme el siguiente texto: “ARTÍCULO PRIMERO: Bajo la denominación “BA Mall S.A.”, continúa funcionado la sociedad anteriormente denominada “BA Mall S.A.U.”, previamente denominada “BA Mall S.R.L.” y originariamente denominada “Gaceta S.R.L.”, la cual tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cuya jurisdicción se deberá instalar su sede social, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier lugar de la República Argentina o del extranjero”. (D) reformar: (i) los artículos 8 y 10, para incorporar la posibilidad de celebrar reuniones de Directorio y Asamblea a distancia; (ii) el artículo 11 para establecer facultades de administración y disposición del Directorio y que la representación legal corresponde al Presidente o al Vicepresidente, en su caso; y (iii) el artículo 12 para establecer: (a) la facultad de la asamblea de resolver si prescindir de sindicatura o designara un síndico titular y un suplente en los casos en que la sociedad no se encuentre comprendida en el artículo 299 de la Ley 19.550; (b) que en caso de la sociedad se encuentra alcanzada por los incisos 2 o 7 del citado artículo, la fiscalización estará a cargo de un síndico titular y un suplente; y (c) que en los casos en que la sociedad este comprendida en los incisos 1, 3 a 6 inclusive del art. 299 de la Ley 19.550, la fiscalización estará a cargo de una comisión fiscalizadora integrada por tres síndicos titulares e igual número de síndicos suplentes. (E) aprobar el texto ordenado del Estatuto Social. Autorizado según instrumento privado Asamblea Extraordinaria de fecha 25/11/2025 GUADALUPE AYLEN FERNANDEZ - T°: 151 F°: 177 C.P.A.C.F.

e. 17/12/2025 N° 95241/25 v. 17/12/2025