CUIT 30-69232460-5. Por acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 18/07/2025, se resolvió reformar el artículo Décimo Octavo del Estatuto Social, el que quedó redactado de la siguiente manera: “ARTICULO DECIMO OCTAVO: Sindicatura. La Sociedad prescinde de sindicatura conforme lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550. Cuando por aumento del capital social la sociedad quedare comprendida en el inciso segundo del artículo 299 de la Ley citada, anualmente la asamblea deberá elegir síndicos titular y suplente” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 18/07/2025 Ernesto Jose Genco - T°: 78 F°: 71 C.P.A.C.F.
e. 17/12/2025 N° 95460/25 v. 17/12/2025