CONSTITUCION. Rectifica TI N° 84665/25 del 07/11/2025. Por Instrumento complementario del 02/12/25 se adecuó el objeto social quedando: “La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros, y/o asociada a terceros, en cualquier parte de la República o del exterior, la organización, administración, gestión, y coordinación de servicios de atención domiciliaria integral a personas en situación de dependencia, y/o discapacidad, y/o enfermedad crónica, y/o convalecencia, y/o edad avanzada, así como a toda persona que requiera asistencia en su hogar, incluyendo: (i) Gestión y Provisión de Personal de Cuidados: Para la asistencia en cuidados personales, higiene y confort, y en las actividades básicas de la vida diaria; (ii) Coordinación de Servicios Profesionales: Coordinación y administración de la provisión de servicios de enfermería (general o especializada), asistencia médica primaria, rehabilitación, kinesiología, fisioterapia, fonoaudiología, terapia ocupacional, y psicología; (iii) Actividades Complementarias e Instrumentales: Asesoramiento y orientación a familiares y cuidadores. Alquiler y/o venta de insumos y equipamientos médicos y/o productos de apoyo. Coordinación y gestión de traslados sanitarios. Capacitación de personal de cuidados. En todos los casos que sea necesario los servicios prestados serán brindados por profesionales matriculados y legalmente habilitados contratados al efecto por la Sociedad. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar toda clase de actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.” Autorizado según instrumento privado CONTRATO SOCIAL de fecha 09/10/2025 Damaso Jose Maria Uriburu Montes - T°: 111 F°: 622 C.P.A.C.F.
e. 11/12/2025 N° 93396/25 v. 11/12/2025