CUIT Nº 30-71910746-6. Por acta de reunión de socios de fecha 27/11/2025 se resolvió modificar el artículo tercero del contrato social quedando redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/ a través de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: 1) La construcción de edificios, obras viales, desagües, gasoductos, diques, usinas y demás prestaciones de servicios relacionados con la construcción. La adquisición, venta, explotación, arrendamiento, permuta y/o administración de toda clase de inmuebles, tanto rurales, como urbanos, así como la intermediación en la venta de los mismos, Incluidas. las operaciones reguladas por la legislación sobre propiedad horizontal. 2) La prestación de servicios de consultoría financiera y económica, comprendiendo: análisis de inversiones, estructura de capital, valuación de proyectos, estudios de mercado de capitales, planificación económica y diagnóstico de riesgos; consultoría empresarial, planificación estratégica, organización de procesos, análisis de costos, estudios de viabilidad, auditorías operativas y elaboración de modelos de negocios; actividades de formación, educación y capacitación financiera mediante cursos, seminarios, talleres y programas de entrenamiento; la elaboración de informes, dictámenes y estudios técnicos vinculados a las materias precedentemente indicadas; incluyendo actividades alcanzadas por la denominada Economía del Conocimiento conforme Ley 27.506 y normas concordantes, particularmente aquellas vinculadas a servicios profesionales, análisis de datos, elaboración de informes técnicos y procesos de capacitación especializada. 3) La actuación como Agente Productor en los términos de la Ley 26.831 de Mercado de Capitales y las Normas dictadas por la Comisión Nacional de Valores, desarrollando las tareas y funciones propias de dicha categoría conforme el régimen vigente. Para los fines aquí previstos, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todos los actos, contratos y operaciones tendientes al cumplimiento de su objeto social, así como también todo otro acto que se vincule directa o indirectamente con aquel y que no esté prohibido por las leyes o por este estatuto. Asimismo, podrá participar en sociedades, consorcios, uniones transitorias de empresas y cualquier otro contrato asociativo o de colaboración vinculado total o parcialmente con el objeto social. Autorizado según instrumento privado ACTA DE REUNIÓN DE SOCIOS de fecha 27/11/2025 Agustin Luis Cerolini - T°: 86 F°: 56 C.P.A.C.F.
e. 05/12/2025 N° 92179/25 v. 05/12/2025