Hace saber: CUIT 30714536156.Por escritura 597 del 1/12/25, se protocolizo Reunión de socios del 19/11/2025 que resolvió: la reconducción de la empresa.Ampliando su plazo por 3 años mas, reformando el artículo segundo, quedando redactado:“ARTICULO SEGUNDO: Su plazo de duración se fija en TRES AÑOS, contados a partir de la inscripción de la reconducción en IGJ.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 597 de fecha 01/12/2025 Reg. Nº 578 agustina cabral campana - Matrícula: 5721 C.E.C.B.A.
e. 04/12/2025 N° 92069/25 v. 04/12/2025