CUIT 30-71605116-8 Por escritura del 18/11/2025, al folio 285, Registro 1956 CABA se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria del 13/10/2025, modificando articulos 4 y 10.CUARTO: Tiene por objeto realizar, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera de la República Argentina, las siguientes actividades:(a) investigación, producción y comercialización de semillas y esquejes, insumos agrícolas, máquinas y equipos agrícolas;(b) investigación, gestión de ventas y otras relacionadas con los productos resultantes del cultivo de semillas y esquejes, que contribuyen al logro de los fines mencionados en el ítem “a” precedente, (c) reforestación; (d) exploración agrícola y ganadera; (e) importación, exportación y comercio de semillas y esquejes, insumos agrícolas, máquinas y equipos agrícolas y otros productos utilizados para el embalaje de productos;(f) prestación de servicios de alquiler de maquinaria y equipo agrícola, áreas para eventos y ferias agroindustriales;(g) prestación de servicios de asistencia técnica para cultivos de semillas y esquejes y otros servicios relacionados con semillas y esquejos;(h) servicios de agencias, por cuenta propia o en nombre de terceros, de semillas y esquejes, insumos agrícolas, máquinas y equipos agrícolas, así como otros productos utilizados para el embalaje de productos:(i) almacenamiento y reenvasado de semillas;(j) procesamiento y envasado de semillas; (k) prestación de servicios de tratamiento tecnológico relacionado con semillas:(i) servicios de prestación de análisis de semillas de laboratorio. A tales efectos, la Sociedad podrá constituir, tomar y mantener participaciones en sociedades existentes o a crearse en la República Argentina o en el exterior, cualquiera que sea su naturaleza u objeto, mediante la suscripción, adquisición y/o tenencia de acciones o participaciones, efectuar inversiones de todo tipo incluyendo inmuebles, títulos valores públicos o privados o cualquier otra especie de valor mobiliario, efectuar colocaciones de sus disponibilidades en forma transitoria. Quedan excluidas las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras (Ley N° 21.526). Toda actividad que por razón de su materia esté reservada a profesionales con título habilitante será realizada con intervención de los mismos, de acuerdo con las normas legales vigentes. Asimismo, la sociedad podrá otorgar garantías y fianzas de todo tipo, actuando como garante de terceros, cualquiera sea su naturaleza. La sociedad podrá realizar actividades de importación, exportación, ejecución de mandatos y cargos. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidas por las leyes o el estatuto. El desarrollo de las actividades comprendidas en el objeto social de la Sociedad deberá llevarse a cabo considerando los intereses de la misma y de sus socios, tanto en el corto como en el largo plazo. Asimismo deberá contemplarse el impacto económico, social, ambiental y jurídico de dichas operaciones, también en sus dimensiones temporales inmediatas y futuras, en relación con los empleados activos, proveedores, consumidores y demás acreedores de la Sociedad - incluidas sus subsidiarias- asi como con la comunidad en la que la Sociedad actúa, tanto a nivel local como global. DECIMO: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas pura las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial y artículo 9° del Decreto-Ley N° 5965/63. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos, operar con bancos, con los Bancos de la Nación Argentina, de la Ciudad de Buenos Aires, de la Provincia de Buenos Aires, y demás instituciones de crédito oficiales, privadas o mixtas, dentro y/o fuera del país; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación dentro y/o fuera del país; otorgar a una a más personas poderes de toda índole, generales y/o especiales, judiciales - inclusive para querellar criminalmente - y/o extrajudiciales, con el objeto y extensión que juzgue conveniente, y revocarlos total o parcialmente. La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente del Directorio, o al Vicepresidente en caso de ausencia, impedimento o vacancia en el cargo. En el ejercicio de sus funciones, los administradores de la Sociedad deberán actuar en el mejor interés de la misma, considerando no sólo los resultados inmediatos de sus decisiones, sino también sus consecuencias a largo plazo. Para ello, deberán tener en cuenta los intereses de los socios, el bienestar de los empleados, la relación con proveedores, consumidores y demás acreedores, así como el impacto de sus decisiones sobre la comunidad y el medio ambiente, tanto en el ámbito local como global. Esta perspectiva integral deberá orientar la toma de decisiones estratégicas, operativas y financieras, promoviendo una gestión responsable, sostenible y alineada con los valores éticos de la Sociedad. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 100 de fecha 18/11/2025 Reg. Nº 1956 Autorizado según instrumento público Esc. Nº 100 de fecha 18/11/2025 Reg. Nº 1956 Luis María Allende - Matrícula: 2791 C.E.C.B.A.
e. 25/11/2025 N° 88838/25 v. 25/11/2025