Sociedad sin CUIT. La publicación se efectúa con el objeto de regularizar el funcionamiento de dicha persona jurídica ante ARCA. En cumplimiento de la resolución IGJ 3/20: Por disposición de los socios en el “ACTA VOLANTE DE REUNIÓN DE SOCIOS” de fecha 7 de octubre de 2025, se resolvió la reconducción de la sociedad y la reforma del Contrato Social. En consecuencia, se reforma el ARTÍCULO SEGUNDO del contrato social quedando redactado de la siguiente forma. “La sociedad tendrá una duración de 99 años contados a partir de la fecha 7 de octubre de 2025, pudiendo ser prorrogada por decisión de la Asamblea de Socios conforme la normativa vigente.” Asimismo, se reforma el ARTÍCULO TERCERO con la siguiente redacción: “OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto realizar, por cuenta propia yo de terceros, en el país o en el exterior, a través de sucursales, agencias, distribuidoras y/o representantes, de las siguientes actividades: a) COMERCIALES: Adquisición, venta, construcción, desarrollo, alquiler, administración y comercialización de bienes inmuebles, tanto propios como de terceros. La administración integral de propiedades, incluyendo la gestión de contratos de locación (con destino habitacional o comercial) y la relación con inquilinos y propietarios, tanto para bienes propios como ajenos. b) FINANCIERAS: Inversión en bienes raíces y la participación en proyectos inmobiliarios y de desarrollo, Inversión en bienes raíces y la participación en proyectos inmobiliarios y de desarrollo, incluyendo la adquisición o construcción de bienes muebles e inmuebles para tal fin.” Por último, se reforma el ARTÍCULO QUINTO del contrato social en los siguientes términos: “L administración, representación legal, y uso de la firma social estará a cargo de la SOCIA LILIANA MARISA ROSSI, quien acepta el cargo de GERENTE, denunciando domicilio especial en la calle Díaz Colodrero N° 2602, Piso 2°, “C”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el período de tres años, pudiendo ser reelegible. En tal carácter tiene todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos por el art. 375 de Código Civil y Comercial de la Nación. Autorizado según instrumento privado ACTA VOLANTE DE REUNION DE SOCIOS de fecha 07/10/2025 GASTON MAXIMILIANO ARRASCAETE - T°: 149 F°: 714 C.P.A.C.F.
e. 19/11/2025 N° 87788/25 v. 19/11/2025