notarum Boletín Oficial

CUIT 33-70267538-9. Por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del 23/10/2025 se decidió modificar el objeto social, el cual quedo redactado de la siguiente manera: “COMERCIAL, DE IMPORTACION Y EXPORTIACION: mediante la compra, venta, permuta, alquiler, distribución, consignación, administracion, y/o cualquier otro tipo de negociación permitida por las leyes y reglamentos sobre cosas muebles o inmuebles y demás bienes, incluyendo intangibles:; intermediación de tales bienes en el mercado nacional o internacional, prestación de servicios u operación y de cualquier tipo de explotación comercial, operaciones de importación y exportación, pudiendo adquirir para si o para terceros, depositar, comercializar y practicar todos los actos necesarios para la mejor realización del objeto social. INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA: mediante la intervención en el desarrollo de operaciones y emprendimientos inmobiliarios de cualquier tipo y/o en la construcción de obras de cualquier índole. Mediante la compra, venta, permuta, fraccionamiento, loteo, arrendamiento, intermediación y administracion de inmuebles urbanos, suburbanos o rurales, así como la celebración de todo tipo de contratos de obra, servicios. Trabajo, suministro, asesoramiento, financiación, mantenimiento, contratos administrativos., convenios de licitación publica o privada y cualquier otro cuyo fin sea la construcción, mantenimiento y venta, locación o concesión de cualquier tipo de obra publica o privada y edificios urbanos, suburbanos o rurales; afectación de bienes inmuebles al régimen de la ley 13.512 y decretos reglamentarios; compra de tierras para subdividir y venta al contado, por mensualidades o por periodos de pago de otro carácter. AGROPECUARIA: mediante la explotación de la ganadería, agricultura y forestación; explotación de campos, estancias, tambos, granjas y haras; siembre y cosecha. MANDATARIA: mediante la aceptación, desempeño u otorgamiento de mandatos, comisiones, concesiones, agencias o cualquier tipo de representaciones, transitorias o permanentes, en el país o en el extranjero. FINANCIERA: mediante inversiones o aportes de capital a/o de particulares, empresas, sociedades, constituidas o a constituirse, para negocios presentes y futuros, compra y venta de títulos, acciones y otros valores mobiliarios, nacionales o extranjeros mediante la constitución y transferencias de hipotecas, prendas y otros derechos reales; mediante el otorgamiento de créditos en general, sean o no garantizados; mediante el descuento y colocación de documentos de crédito y toda clase de operaciones financieras permitidas por las leyes. La Sociedad podrá actuar como garante o fiador de obligaciones propias y/o de terceros, constituyendo hipotecas, prendas, avales u otras garantías reales o personales sobre sus bienes, en el marco de operaciones relacionadas con su actividad principal, en beneficio de sus accionistas o de terceros, siempre que ello sea aprobado por el órgano de administración y cumpla con las disposiciones legales aplicables. La sociedad no realizara operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras ni otras para la que se requiere el concurso del ahorro público”. Se reformo el articulo 3°. Autorizado según instrumento privado asamblea ordinaria y extraordinaria de fecha 23/10/2025 Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.

e. 19/11/2025 N° 87655/25 v. 19/11/2025