notarum Boletín Oficial

CUIT 30-71857084-7. Por Reunión de Socios del 14/08/2025, se resolvió por unanimidad reformar el Objeto Social, y consecuentemente, se resolvió por unanimidad reformar el Artículo 3º del Estatuto Social quedando redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia, de terceros y/o asociado a terceros a las siguientes actividades: (i) CONSTRUCTORA: Mediante la construcción de todo tipo de obras públicas y/o privadas, inmuebles rurales y/o urbanos, edificios de renta para comercio, industria o vivienda por cualquiera de los sistemas de propiedad horizontal u otros, en todos los aspectos que permitan las leyes vigentes o futuras, planes de construcción de viviendas dispuestas por bancos oficiales, nacionales, provinciales y/o privados e institutos u otros organismos de financiación estatales, autárquicos, mixtos o privados, y la construcción de calles, viaductos, canales, desagües, caminos y otras obras de ingeniería o arquitectura, de hidráulica, de vialidad y energéticas; (ii) IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN: Importación y exportación, compra, venta y distribución de todo tipo de materiales, máquinas, productos de cualquier origen o naturaleza y/o insumos que se relacionen con el objeto de la sociedad; (iii) FINANCIERAS: Otorgar y contratar préstamos, aportes y/o inversiones de capitales a sociedades por acciones, compra y venta de títulos, valores, constitución y transferencia de derechos reales o prendarios, otorgamiento de créditos con o sin garantía y toda clase de operaciones financieras permitidas por la ley, con la exclusión de las operaciones comprendidas dentro de la ley de Entidades Financieras y toda otra operación que requiera el concurso público. (iv) COMERCIAL: explotación comercial, instalación, adquisición, venta, locación, sublocación, cesión, franquicia, gerenciamiento, desarrollo y administración de todo tipo de comercios, establecimientos, locales, centros comerciales y cualquier actividad de intermediación o venta mayorista o minorista de bienes muebles, mercaderías, productos y servicios de cualquier índole, ya sean propios o de terceros. (v) MANDATARIA: Representaciones, comisiones, consignaciones y mandatos por cuenta y orden de terceros, como representante y/o administradora de negocios comerciales vinculados con el objeto social, administración y gerenciamiento de representaciones, mandatos, agencias, gestiones de negocios, gerenciamiento de pago a proveedores y administración de bienes, capitales y empresas de cualquier rubro. Podrá otorgar representaciones y distribuciones dentro o fuera del país.- La Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar toda clase de actos, hechos jurídicos, contratos y operaciones que se relacionen con su objeto social y no estén prohibidas por las leyes de este Contrato.” Autorizado según instrumento privado Reunion de Socios de fecha 14/08/2025 GISELLE SOLEDAD COMESAÑA - T°: 129 F°: 100 C.P.A.C.F.

e. 13/11/2025 N° 86379/25 v. 13/11/2025