CONSTITUCION. Socios: Silvana AGUILAR, divorciada, argentina, nacida el 21/1/1973, comerciante, DNI 23205252, CUIT 27-232025252-5, domiciliada en avenida Córdoba 373, sexto piso, oficina “A”, CABA y Diego Adrián KESSLER, soltero, argentino, nacido el 2/9/1964, médico, DNI 16968143, CUIT 20-16968143-1, domiciliado en avenida Pueyrredón 1362, octavo piso, departamento “A”, CABA. Instrumento de constitución: contrato social constitutivo por instrumento privado del 5/10/2025. Denominación: “Hor HaBait S.R.L.”. Domicilio: Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con sede social y domicilio especial de los gerentes avenida Pueyrredón 1362, octavo piso, departamento “A”. Duración: 50 años desde la inscripción registral. Capital Social: $ 2.000.000 dividido en 20.000 cuotas de $ 100 valor nominal cada una y 1 voto por cuota. Suscripción: Silvana Aguilar: 6.000 cuotas y Diego Adrián Kessler: 14.000 cuotas. Objeto: PRIMERO) Importación, exportación, compra, venta, acopio, distribución, comercialización mayorista y minorista, incluso por medios digitales o plataformas electrónicas, de artículos de bazar, regalería, decoración, menaje, vajilla, utensilios de cocina, artículos de cerámica, porcelana, vidrio, metal, plástico, madera y materiales afines. SEGUNDO) Diseño, fabricación, ensamblaje, decoración y sublimación de las mercaderías y productos del objeto comercial.- Las actividades que así lo requerieran serán desarrolladas y controladas por profesionales y/o técnicos con matrícula habilitante. TERCERO) El ejercicio de representaciones, comisiones, consignaciones y mandatos relacionados con su objeto principal. Administración y representación legal: será ejercida por uno o mas gerentes, socios o no, en forma individual e indistinta por el término de duración del contrato. Gerentes: Silvana Aguilar y Diego Adrián Kessler. Cierre del ejercicio: 31 de octubre de cada año Autorizado según instrumento privado contrato social constitutivo de fecha 05/10/2025 FRANCISCO MARCIAL CICHELLO - Habilitado D.N.R.O. N° 2995
e. 11/11/2025 N° 85173/25 v. 11/11/2025