El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 7 , Secretaria N° 14, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211 Piso 2° CABA, comunica por cinco (5) días que mediante resolución de fecha 05/11/2025 dictada en los autos “CONDE GRAND, Rosario c/FEDEGRA CORP S.A. s/Convocatoria a Asamblea. Expte. Nro. 17556/2025” se convoca judicialmente a los señores accionistas de Fedegra Corp S.A. CUIT 30693761049 a Asamblea General Ordinaria para el día 3 de diciembre de 2025, a las 13 horas en primera convocatoria y 14 horas en segunda convocatoria, en Av. Santa Fe 1863 Piso 6to, CABA y se designa a la Dra. María Anahi Cordero para presidir el acto asambleario a efectos de tratar el siguiente ORDEN DEL DÍA: 1) Designación de accionistas para firmar el acta; 2) Explicación de los motivos de la falta de convocatoria a asamblea para considerar los ejercicios económicos finalizados 30 de junio 2022, 30 de junio 2023 y 30 de junio 2024; 3) Consideración de los contratos y actos jurídicos celebrados por la Sociedad desde el año 2021 en adelante. 4) Rendiciones de cuentas de los mandatarios de la Sociedad desde el año 2021 en adelante. 5) Explicación detallada de la relación comercial de la Sociedad con La Olivia Agropecuaria S.A. y Auberge S.A. con documentación de respaldo para revisión de la operatoria. 6) Consideración de la documentación del inciso 1° del art. 234, de la Ley 19.550 relativa a los ejercicios cerrados al 30/06/2022; al 30/06/2023, y al 30/06/2024. 7) Consideración del resultado de esos ejercicios. 8) Consideración de la gestión de los directores. 9) Remuneración de los directores en exceso del limite del art. 261 de la Ley 19.550. 10) Designación de integrantes de órganos de administración y fiscalización. Los accionistas deberán comunicar su asistencia conforme art. 238 Ley 19.550 con no menos de tres días hábiles de anticipación a la asamblea en Avda. Santa Fe 1863 Piso 6to, CABA en días hábiles en el horario de 10 a 17 hs. Buenos Aires, 5 de noviembre de 2025. DIEGO H. VAZQUEZ SECRETARIO
e. 07/11/2025 N° 84250/25 v. 13/11/2025