CUIT: 30-58319501-3. Por acta de Asamblea General Extraordinaria Unánime N° 63 realizada con fecha 4 de julio de 2025 se decidió modificar el Artículo Octavo del estatuto quedando de la siguiente forma: ARTICULO OCTAVO: ADMINISTRACION La dirección y administración de la sociedad está a cargo de un Directorio integrado por el número que fije la Asamblea, entre un mínimo de dos y un máximo de ocho, los que durarán tres ejercicios en sus funciones y podrán ser reelegidos indefinidamente. La Asamblea puede nombrar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo a fin de cubrir por su orden de elección las vacantes que se produzcan. En tanto se prescinda la sindicatura, la elección de directores suplentes será obligatoria. - En la primera reunión que celebre el Directorio designará de su seno un Presidente. - El directorio es convocado en forma fehaciente por el presidente y en el supuesto del artículo 267 de la Ley 19.550, por cualesquiera de los directores: funciona con la presencia personal de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría absoluta de votos de los directores presentes, teniendo el presidente el voto decisivo en caso de empate.- La representación legal de la sociedad corresponde al presidente o a su vicepresidente en ausencia- Ante los Tribunales de cualquier fuero o jurisdicción la representación legal de la sociedad podrá ser ejercida indistintamente y con amplias facultades, incluso la de absolver posiciones, por cualquier miembro del Directorio. La representación social esta investida de los más amplios poderes para actuar en nombre de la sociedad, dentro de los límites del objeto social, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 58 de la ley 19.550. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 133 de fecha 01/09/2025 Reg. Nº 1841 Sergio Raúl Picasso - Matrícula: 4507 C.E.C.B.A.
e. 08/09/2025 N° 64887/25 v. 08/09/2025