CUIT 30718264533. Aviso complementario al publicado con fecha 23/04/2025, TI 25306/25: Comunica que según Asamblea del 09/04/2025, se resolvió reformar el artículo 3° del Estatuto Social, de modo tal que refleje todas las actividades que la Sociedad desarrolla e incluye su giro comercial, y que quede redactado de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros dentro del país o fuera de él a las siguientes actividades: a) FINANCIERO: la realización de operaciones financieras, como el otorgamiento y la aceptación de préstamos, créditos, cauciones, fianzas y garantías, onerosa o gratuitamente, con garantía o sin ella, quedando excluidas las operaciones de la ley de entidades financieras y toda aquella que requiera el concurso del ahorro público; b) INMOBILIARIO: la adquisición, explotación, administración, transformación, edificación y enajenación de todo tipo de inmuebles, incluyendo, pero sin limitación alguna a estos, Countries, Barrios Cerrados y Privados, Clubes de Campo y afines, y cualquier otro conjunto inmobiliario incluido en el artículo 2073 del Código Civil y Comercial de la Nación. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto” Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 09/04/2025 María Fernanda Mierez - T°: 65 F°: 429 C.P.A.C.F.
e. 04/09/2025 N° 64331/25 v. 04/09/2025