Por Escritura Nº 132 del 31/07/2025, se constituye: Lucas Martín GOI, 03/05/1996, DNI 39.124.988, domicilio Calle 116 número 427, Avellaneda, General Obligado, Prov. Santa Fe, PRESIDENTE y Ricardo Diego CABRAL, 16/09/1980, DNI 28.163.397, domicilio Lavalleja 168, 6º “D”, CABA, DIRECTOR SUPLENTE. Ambos argentinos, empresarios, solteros y denuncian domicilio especial en la SEDE SOCIAL: Av. Alicia Moreau de Justo 846, piso 2º, departamento “16”, CABA 1) FIMBULPAY G&C S.A. 2) 99 años. 3) la actividad principal de ser proveedor de servicios financieros que no impliquen intermediación financiera en los términos de la Ley 21.526 -y sus modificatorias y reglamentaciones-. A tales efectos, la Sociedad podrá realizar las siguientes actividades: (A) Administración y operatoria de transferencias a través del uso de dispositivos de comunicación móviles y/o cualquier otro soporte electrónico, así como también el servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, aceptando y ejecutando para ello mandatos para realizar y recibir cobranzas y/o pagos por cuenta y orden de terceros, en todos los casos a través de sistemas de transferencias mediante soporte electrónico; (B) Actuación como proveedor de servicios de pago (PSP) en los términos de la Comunicación “A” 6859 y 6885, y sus modificatorias y complementarias del Banco Central de la República Argentina; (C) Prestación de servicios de procesamiento de datos; diseño y desarrollo de soportes lógicos (software); (D) conceder, promover y administrar préstamos o contratos de crédito de cualquier tipo y realizar todo otro tipo de operación financiera que la legislación autorice que no esté reservada en exclusividad para las sociedades comprendidas en la Ley 21.526 -y sus modificatorias y reglamentaciones- y toda otra por la que se requiera ahorro público y autorización de autoridad pública; emitir, descontar, comprar y vender letras de cambio, pagarés, obligaciones negociables, facturas, cheques, y otros títulos valores o valores negociables típicos o atípicos; realizar operaciones de derivados sólo con finalidad de cobertura; realizar operaciones de leasing financiero; establecer servicios de atención al cliente y/o plataformas tecnológicas que permitan implementar o dar apoyo a sus actividades financieras; (E) otorgar todo tipo de garantías, tales como aval, fianza, obligación solidaria, hipoteca, prenda o fideicomiso, ya sea para garantizar obligaciones propias o de terceros en los que la sociedad tenga un interés o participación o con los que la sociedad guarde alguna relación de negocios o una relación comercial, y (F) Agrupación de pagos a través de plataformas de gestión electrónica y/o digital; incluyendo las siguientes actividades conexas, accesorias y/o complementarias: (I) Importación, exportación, comercialización, gestión, aceptación y otorgamiento de licencias en relación con las actividades que constituyen su objeto principal, (II) locación de uso de obras, máquinas, equipos, servicios, y explotación comercial del único inmueble que posee la Sociedad, en relación con las actividades que constituyen su objeto principal, y (III) el ejercicio de representaciones, distribuciones, comisiones y mandatos o cualquier otra clase de convenio en relación con las actividades que constituyen su objeto principal. Las actividades que integran el objeto social de la sociedad podrán desarrollarse total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades con objeto idéntico o análogo. No realizará operaciones que se encuentren comprendidas en la Ley 21.526 o que requieran la intermediación en el ahorro público. Las actividades que así lo requieran serán efectuadas por profesionales con título habilitante. 4) Capital $ 30.000.000, 30.000.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 y 1 voto por acción. 100% suscripto: Lucas Martín GOI 27.000.000 acciones y Ricardo Diego CABRAL: 3.000.000 acciones. Integran 25% y saldo dentro del plazo de ley. 5) Uno a cinco por tres ejercicios. Representación: Presidente. 6) Prescinde Sindicatura. Cierre 31/05. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 132 de fecha 31/07/2025 Reg. Nº 1111 MILTON NATAN GERCHKOVICH - T°: 348 F°: 201 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 04/08/2025 N° 54639/25 v. 04/08/2025