notarum Boletín Oficial

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BUKTUS SURE S.R.L.

id A1407475

Expediente 1988885. CUIT 30-71818974-4. Conforme resolución IGJ 10/21, se hace saber que por instrumento privado de cesión de cuotas del 24/06/2025; Héctor Federico GAUNA, titular de QUINIENTAS (500) cuotas de valor nominal $ 10.- cada una, las vende a Damián Guido Valeri. En el mismo acto Micaela Ayelen COSTA, titular de NUEVE MIL QUINIENTAS (9.500) cuotas de valor nominal $ 10.- cada una, las vende conforme al siguiente detalle: UN MIL (1.000) cuotas a Damián Guido Valeri, DNI 27.067.501; y OCHO MIL QUINIENTAS (8.500) cuotas a Pablo Andrés JIMENEZ, DNI 27.216.436. Nueva tenencia: Damián Guido Valeri, 1.500 cuotas; y Pablo Andrés JIMENEZ, 8.500 cuotas. capital social $ 100.000.-, valor de cada cuota $ 10.-. Por acta de reunión de socios del 30/06/2024, se aceptó por unanimidad la renuncia de Héctor Federico GAUNA; y se designó como gerente a Pablo Andrés JIMENEZ, DNI 27.216.436, domicilio real y especial Dean Funes 4000, Barrio San Benito, Lote 152, localidad Dique Luján, partido Tigre, Prov. de Bs. As. Acto seguido por unanimidad se resolvieron las siguientes modificaciones: 1. Cambio de razón social por “CLASE 79 PRODUCCIONES S.R.L.”, quedando el Art. 1º redactado de la siguiente manera: “ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denomina “CLASE 79 PRODUCCIONES S.R.L.”, la cual tiene continuidad jurídica en derechos y obligaciones con su anterior denominación BUKTUS SURE S.R.L.; y tiene su domicilio legal en esta ciudad pudiendo establecer agencias, sucursales, establecimientos o cualquier otro tipo de representación en el país o en el extranjero”. 2. Cambio de sede social a OLAZABAL 1515, Piso 13º, Oficina “8” (C1428DGG) C.A.B.A. 3. Prorrogar a 99 años, el plazo de vigencia quedando el articulo redactado de la siguiente manera: “ARTICULO SEGUNDO: Su duración es de NOVENTA Y NUEVE (99) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.” 4. Cambio fundamental de objeto social, quedando el artículo 3º redactado de la siguiente manera:” ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, a la prestación de servicios vinculados a la comunicación y la información, comprendiendo sin limitación: el desarrollo, implementación, comercialización y operación de plataformas digitales, portales web, marketplaces, redes sociales, aplicaciones móviles o software como servicio (SaaS); la producción, distribución, comercialización y gestión de contenidos digitales; la transmisión de información por medios digitales, electrónicos o tecnológicos; la prestación de servicios de marketing, publicidad, posicionamiento web (SEO/SEM), analítica digital, gestión de redes sociales, email marketing y publicidad en línea; la venta de espacios publicitarios y comercialización de bienes y servicios digitales; la implementación y administración de modelos de membresía, suscripciones a contenidos pagos y toda otra modalidad de acceso exclusivo a contenidos, bienes o servicios digitales. También podrá dedicarse a la producción, emisión, retransmisión y comercialización de contenidos audiovisuales y sonoros por cualquier medio o soporte, incluyendo medios tradicionales y digitales como radio, televisión abierta, por cable, satelital o por internet (streaming y/o on demand); la gestión de canales y señales de radio y televisión propios o de terceros; la contratación de espacios y la venta de publicidad audiovisual; y toda otra actividad conexa, complementaria o relacionada con los servicios de comunicación audiovisual y la industria de medios. Quedan excluidas todas aquellas actividades que requieran autorización especial o que se encuentren prohibidas por la legislación vigente.” 5. Reordenamiento del estatuto actualizándolo a la normativa vigente y reformas introducidas. Autorizado según instrumento privado Acta de Reuniòn de Socios de fecha 30/06/2025 Jose Luis Marinelli - T°: 42 F°: 783 C.P.A.C.F.

e. 07/07/2025 N° 47310/25 v. 07/07/2025