CUIT 30-70914488-6. Por acta de reunión de socios del 29/05/2025 y atento haber continuado operando, se decidió la reconducción de la sociedad, reformándose el artículo segundo del Estatuto, estableciendo un plazo de duración de 50 años desde inscripción de la reconducción. Autorizado según instrumento privado acta de reunion de socios de fecha 29/05/2025 GUILLERMO PEDRO CASTRO - T°: 171 F°: 65 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 02/06/2025 N° 37361/25 v. 02/06/2025