Comunica que por instrumento privado de fecha 11/04/2025 se constituyó la sociedad BLACK DOG S.R.L. Socios: Federico Scarpati, argentino, nacido el 17/07/1982, martillero, casado, con DNI 2965418, domiciliado en General Arias 1864, San Fernando, Prov. de Bs As y Hernán Guerson, argentino, nacido el 17/10/1982, gerente de proyectos, casado, con DNI 29.904.509, domiciliado en Ruta V50 301, Gral Pacheco, Talar del Lago 2; Prov. de Bs As;. Denominación: BLACK DOG S.R.L. Duración: 99 años. Objeto: dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, en el país o en el extranjero, al desarrollo de las siguientes actividades: a) explotación de confiterías, bares, restaurantes, cafeterías, casas de comida rápida y afines, recibir y otorgar franquicias, servicios de catering, explotación de concesiones gastronómicas, comedores comerciales, industriales, estudiantiles y actividades afines a la gastronomía; b) comercialización, compra, venta, distribución, exportación e importación, fraccionamiento y distribución de bebidas, con y sin alcohol, comestibles, productos alimenticios envasados y/o elaborados, azucares, golosinas, alimentos, productos y subproductos derivados de la carne, ya sea ovina, bovina, porcina, avícola, equina, pesquera, como también los productos relativos a su industria frigorífica; productos de panificación por horneo y pastelería, tales como panes y tortas de todos los tipos; y c) venta de productos relacionados con la alimentación y merchandising de productos afines. A tales fines la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Capital: $ 150.000. Administración: Se designa como Gerente Titular a Federico Scarpati. Cierre del ejercicio: 01/03 de cada año. Sede y domicilio especial: Juncal 802, piso 1, oficina D, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. Autorizado según instrumento privado Acta constitutiva de fecha 11/04/2025 Mercedes Yapur - T°: 123 F°: 386 C.P.A.C.F.
e. 12/05/2025 N° 30669/25 v. 12/05/2025