CUIT 30716534126. Por acta del 13/3/2025 se resolvió modificar el Objeto social reformando el estatuto. Quedando redactado de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del exterior las siguientes actividades: a) Actividad aerocomercial: Explotación comercial del servicio de transporte aéreo, regular y no regular, interno e internacional, de personas o cosas, transporte de carga general y postal, con medios de transporte propios, de terceros, exclusivos o combinados conforme lo autorice la normativa tanto en servicio regular o no regular, con aeronaves de pequeño o gran porte, pudiendo realizar todo lo inherente a su logística; y la compra, venta, importación, exportación y alquiler de aeronaves y demás elementos vinculados a la actividad aeronáutica; b) Actividades aeronáuticas, explotación comercial de aeronaves y todas las tareas definidas como trabajo aéreo; c) La explotación de los servicios de asistencia técnica, operativa y comercial a aeronaves, pasajeros, carga y correo, con o sin la prestación de servicios conocidos como “handling” (manejo de equipos); d) Servicio de transporte aéreo sanitario y de evacuación sanitaria; e) La explotación y desarrollo de sistemas informatizados de reservas y demás servicios relacionados con el transporte aéreo; f) La explotación y desarrollo de servicios de mantenimiento aeronáutico de motores, instrumentación y equipos auxiliares de aeronaves; g) Los servicios de catering, limpieza y mantenimiento general de aeronaves; h) La explotación de servicios de formación e instrucción en materia aeronáutica. Si para alguna de estas actividades se requiera profesional matriculado se realizará con uno. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. La Sociedad podrá ejecutar todos los negocios convenientes o útiles para el cumplimiento de su objeto social, y en general, todos los actos y contratos preparatorios, complementarios o accesorios de todos los anteriores, los que se relacionan con la existencia y el funcionamiento de la Sociedad y los demás que sean conducentes al buen logro de los fines sociales.” Autorizado según instrumento privado Acta de fecha 17/03/2025 Daniel CASSIERI - T°: 103 F°: 515 C.P.A.C.F.
e. 07/04/2025 N° 20967/25 v. 07/04/2025