notarum Boletín Oficial

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LUMINARIA ENTERTAINMENT S.A.

id A1378836

Por Escritura 106 del 19/03/2025, f° 264 ante escribano Patricio H. Caraballo, titular registro 2190 se constituyó: LUMINARIA ENTERTAINMENT S.A. Socios: Patricio Hernán DI SALVIO (95%), argentino, nacido el 29/11/1970, DNI 21.851.841, CUIT: 23218518419, divorciado de sus primeras nupcias con Alejandra Lambruschini, empresario, domiciliado en la calle Habana 4792, CABA y Santiago Antonio PERRONE LAURENZ (5%), argentino, nacido el 28/12/1970, DNI 21.980.345, CUIT 20-21980345-2, casado en primeras nupcias con Constanza Valdez Rojas, empresario, domiciliado en la calle Arenales 1998, piso 5, CABA. Domicilio: jurisdicción de CABA. Duración: 99 años desde inscripción. Objeto: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, o asociada a terceros, en participación y/o comisión, pudiendo establecer agencia y sucursales, en territorio nacional y en el extranjero, a las siguientes actividades: 1) PRODUCCION DE CONTENIDOS: actividades de producción y explotación de contenidos audiovisuales, televisivos, radiales, gráficos, artísticos, publicitarios e informativos consistentes, entre otras cosas; diseño, elaboración, generación, producción co-producción, venta, cesión, distribución de productos y contenidos temáticos para su exhibición, emisión o transmisión, por sí o por terceros, en medios televisivos, audiovisuales, gráficos y vía internet, o cualquier otro medio de comunicación creado o a crearse y; 2) PRODUCCIÓN ARTÍSTICA, PUBLICITARIA E INFORMATIVA: Instalación, administración y explotación de establecimientos de televisión, radiodifusión, grabación y producción, incluyendo la comercialización de espacios publicitarios, ya sea por cuenta propia o de terceros; contratación y subcontratación de artistas, adquisición de licencias y permisos particulares y oficiales para la explotación de medios de comunicación audiovisual o vía internet, o cualquier otro medio de comunicación creado o a crearse en el futuro.- Brindar asesoramiento y capacitación para el desarrollo de proyectos audiovisuales, radiales, televisivos, gráficos y correspondientes a cualquier soporte. Incluye la explotación comercial de medios de comunicación, la obtención de permisos y/o licencias para la explotación de medios de comunicación orales, escritos, audiovisuales, fílmicos y/o digitales y la creación de Portales de contenido multimedia en internet. 3) EVENTOS Y ESPECTÁCULOS: Producción de contenidos de entretenimiento, producción de eventos y espectáculos, comercialización y distribución de contenidos propios y de terceros. La proyección, organización, realización y desarrollo de todo tipo de eventos en la República Argentina y en el exterior relacionados con los fines y/o actividades de la sociedad, gestionando las correspondientes autorizaciones y habilitaciones, alquilando, subalquilando, comprando u ocupando por el título que fuere tanto espacios abiertos, como stands, puestos, locales y demás inmuebles o vehículos destinados a cumplir el objeto social. Las actividades que así lo requieran, serán efectuadas por profesionales con título habilitante al efecto. Capital social: $ 30.000.000 dividido en 30.000.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de VN $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción. Administración: 1 a 5 titulares por tres ejercicios. La Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección. Fiscalización: Prescinde. Ante supuesto del art. 299, fiscalización será conforme ley y el plazo de designación será de 3 ejercicios. Cierre del ejercicio: 31/12. Sede social: Arenales 1998, piso 5, CABA.Directorio: Se designó a ÚNICO DIRECTOR TITULAR Y PRESIDENTE: Patricio Hernán DI SALVIO y ÚNICO DIRECTOR SUPLENTE: Santiago Antonio PERRONE LAURENZ, quienes aceptaron los cargos y constituyeron domicilio especial en la sede social indicada. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 106 de fecha 19/03/2025 Reg. Nº 2190 Romina Soledad QUARATINO - T°: 101 F°: 652 C.P.A.C.F.

e. 31/03/2025 N° 19247/25 v. 31/03/2025