(1) Carlos Alberto Canosa, argentino, soltero, comerciante, 24/8/64, DNI 16977349, domicilio real Av. Boyacá 1853, P.B., Dpto. 4, CABA, domicilio especial en sede social (Presidente); y Ramón Raúl Brandan, argentino, casado, comerciante, 16/9/66, DNI 17830830, domicilio real Lanza 1923, Rafael Castillo, La Matanza, Pcia. Bs. As., domicilio especial en sede social (Director Suplente). (2) Esc. N° 144 del 26/3/25. (3) LUCKY AND DREAMS S.A. (4) Paraná 768, Piso 10, Of. B, CABA. (5) la prestación de servicios de organización, producción, promoción, coordinación y ejecución de eventos en general, y sus actividades complementarias, y, en especial, eventos de recaudación y obtención de fondos, como rifas y otros mecanismos similares, incluyendo la planificación, estrategia, mecanismos y su ejecución, sistemas de premios y canales de venta de publicidad, promociones, gestión de relaciones con patrocinadores, donantes, entre otras, para facilitar, obtener o potenciar ingresos. Actuar como agente de cobro y pago y en representación de terceros, en todo tipo de transacciones, incluyendo, sin limitación, aquellas asociadas al cobro de entradas, rifas, publicidad, propaganda, suscripciones, patrocinios y otros conceptos relacionados al desarrollo de eventos, pudiendo a tales fines efectuar, a través de todos los medios habilitados a esos efectos, la gestión, administración y ejecución de actividades de cobro y pago por sí o por cuenta y orden de terceros. Toda actividad del objeto que así lo requiera deberá ser realizada por profesionales con título habilitante en la materia. (6) 99 años. (7) $ 30.000.000 dividido en 30.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables de $ 1.000 y 1 voto c/u; Carlos Alberto Canosa 15.000 acciones y Ramón Raúl Brandan 15.000 acciones. (8) Directorio: 1 a 5, por 3 ejercicios. (9) Representación: Presidente o Vicepresidente en su caso. Sin sindicatura. (10) 31/12 de cada año. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 144 de fecha 26/03/2025 Reg. Nº 1017 MARTIN HORACIO BERRA - T°: 131 F°: 519 C.P.A.C.F.
e. 28/03/2025 N° 18539/25 v. 28/03/2025