CUIT 30-70604463-5. Por Acta de Asamblea General Extraordinaria del 20/05/2024 se reforma el artículo tercero del Estatuto. “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto, dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: Desarrollo, implementación, mantenimiento y operación de Software relacionado a turneras de servicios, reservas de turnos prepagos o ticketeras en tiempo real y plataforma de pagos de turnos, operación, gestión de base de datos, hosting, conectividad e interacción con subsistemas de facturación, mantenimiento y actualización del software y la base de datos, incluyendo la gestión de back office de atención al cliente y devoluciones de pagos de turnos, Soporte y mesa de ayuda a través de chats, mensajería, teléfono y cualquier otro medio, así como la recepción de sumas de dinero recibidas de terceros particulares, comunicación de su recepción a los destinatarios de dichas sumas, deposito y extracción de fondos en bancos, tanto nacionales como internacionales, privados o estatales, entrega de sumas de dinero a los destinatarios señalados por los mandatarios, efectuar pagos y/o compras por cuenta y orden de terceros y cualquier tipo de actividades conexas. La prestación de servicios en especial la prestación integral de todos los servicios relacionados con el sistema de estacionamiento y todos los servicios relacionados a la movilidad y transporte, incluyendo sin limitación la provisión, instalación, puesta en marcha, recaudación y mantenimiento de estaciono metros, maquinas ticketeadoras y parquímetros en la vía pública, el control de estacionamiento en la vía pública, el acarreo de vehículos en infracción, los elementos necesarios para el control y sanción del estacionamiento indebido en la vía pública, la gestión de las modalidades de pago del estacionamiento tarifado y control del estacionamiento en la vía pública y cualquier otro servicio que tienda a favorecer, de algún modo, el ordenamiento del tránsito y a optimizar el uso de los espacios disponibles para el estacionamiento vehicular en la vía pública. A tal fin, la sociedad, tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto, e incluso para contraer empréstitos en forma pública o privada mediante la emisión de debentures y obligaciones. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 20/05/2024 JOSEFINA BARILATTI - T°: 126 F°: 606 C.P.A.C.F.
e. 14/03/2025 N° 14946/25 v. 14/03/2025