CUIT: 30-71082519-6. Por Asamblea General Extraordinaria del 19/02/2025 se resolvió: (i) modificar la fecha de cierre de ejercicio de la Sociedad al 30 de junio de cada año; y (ii) reformar el artículo quince del Estatuto Social, el que queda redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 15: El ejercicio social cierra el 30 del mes de junio de cada año. A esa fecha se confeccionarán los Estados Contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas en la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público y comunicándola a la Autoridad de Control. Las ganancias realizadas y liquidas se destinan: a) El cinco por ciento hasta alcanzar el veinte por ciento del Capital Social suscripto, para el Fondo de Reserva Legal. b) A remuneraciones al Directorio y Síndico. c) A dividendo de las acciones preferidas, con prioridad de los acumulados impagos; y d) El saldo, en todo o en parte a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativa o de previsión o a cuenta nueva, a al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción” Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 19/02/2025 MARIA FERNANDA LETTIERI - T°: 145 F°: 997 C.P.A.C.F.
e. 25/02/2025 N° 10384/25 v. 25/02/2025