CUIT: 30-53459477-8. Comunica que por Asamblea General Extraordinaria celebrada el 30/12/2024 se resolvió reformar el artículo 6 del Estatuto respecto de la integración y mora en la integración de las acciones, y el artículo 20 para indicar que si la sociedad estuviera comprendida en el inciso 7 del artículo 299 de la Ley General de Sociedades, la sindicatura podrá estar a cargo de un Síndico Titular y un Suplente. Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 30/12/2024 Andrea Belen Schnidrig - T°: 124 F°: 936 C.P.A.C.F.
e. 23/01/2025 N° 3168/25 v. 23/01/2025