CUIT 30-53098739-2. Por Acta de Asamblea General Extraordinaria del 28/11/2024 se resolvió: (i) aumentar el capital social en la suma de $ 28.566.622, es decir, de la suma de $ 1.983.971 hasta la suma de $ 30.550.593 mediante la capitalización de la cuenta ajuste de capital; (ii) emitir 28.566.622 acciones ordinarias, nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción. Las nuevas acciones emitidas son suscriptas en su totalidad por los accionistas en proporción a su participación en el capital social; (iii) aumentar el capital social en la suma de $ 166.175.000, es decir, de la suma de $ 30.550.593 hasta la suma de $ 196.725.593 mediante la capitalización de aportes de los accionistas; (iv) emitir 166.175.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción. Las nuevas acciones emitidas son suscriptas en su totalidad por los accionistas en proporción a su participación en el capital social: Itochu Corporation: 192.791.081 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción e Itochu Latin America S.A. 3.934.512 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción y; (v) reformar el artículo sexto del Estatuto Social el cual quedó redactado de la siguiente manera: “Artículo 6°.- El capital social queda fijado en la suma de $ 196.725.593 (pesos ciento noventa y seis millones setecientos veinticinco mil quinientos noventa y tres), representado por ciento noventa y seis millones setecientos veinticinco mil quinientos noventa y tres acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal de un peso ($ 1,-) cada una, y con derecho a un voto por acción. El Capital Social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 28/11/2024 AGUSTINA DANIELA HERNANDEZ - T°: 146 F°: 337 C.P.A.C.F.
e. 15/01/2025 N° 1945/25 v. 15/01/2025