CUIT 33-71794848-9 Por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 10 de mayo de 2024 se aumentó el capital social de $ 10.000.000 a $ 230.000.000 y reformó el artículo cuatro por “ARTICULO CUARTO: El CAPITAL SOCIAL se fija en la suma de DOSCIENTOS TREINTA MILLONES DE PESOS, representados por 230.000.000 acciones ordinarias, escriturales de un peso (1$ ) valor nominal cada una y de un voto por acción.- El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550. Toda resolución de aumento de capital debe ser elevada pública, salvo que la asamblea en cada oportunidad decidiera lo contrario, e inscripta en el Registro Público de Comercio”. Alberto SAN MIGUEL suscribe e integra $ 207.000.000; b) Lucas SAN MIGUEL suscribe e integra $ 23.000.000.- Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 10 de julio de 2024 se amplió el objeto social y se reformo, quedando redactado de la siguiente manera el ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto por sí, por terceros o asociada a terceros, la realización de las siguientes actividades: El desarrollo de las actividades que se enuncian en el presente, vinculadas a las prácticas médicas que no impliquen prestación directa de actividades médicas. La sociedad tendrá las siguientes finalidades: a) Servicio de diagnóstico médico en general, diagnóstico médico por imágenes, radiología en general, tomografía computada, resonancia magnética, medicina nuclear, ecografía, densitometría ósea, mamografía, etc.; b) Explotar sanatorios, policlínicos o centros de atención en cualquier tipo de especialidad afín, para tratamientos ambulatorios, consultas y diagnósticos, operatoria simple y compuesta; c) Realizar operaciones de compra, venta, exportación e importación de equipos e insumos relacionados con el diagnóstico médico, como así también el alquiler y administración de espacios relacionados con el servicio de diagnóstico médico; d) celebrar convenios de asistencia y cooperación con obras sociales, cualquiera sea su naturaleza, se trate de entidades integrantes del Sistema Nacional del Seguro de Salud u otras (obras sociales provinciales, universitarias, etc.), entidades públicas de cualquiera de los niveles (nacional, provincial y municipal), y entidades privadas con o sin fines de lucro que actúen en cualquiera de las actividades del sistema de salud; e) celebrar convenios con prestadores del sector salud, ya sean estos públicos o privados; con el objeto de brindar servicios de Auditoria Médica, gerenciamiento, gestión de calidad y formación de recursos humanos.- Las actividades que así lo requieran serán efectuadas con intervención de profesionales con título habilitante con la matricula correspondiente. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar toda clase de actos, contratos y operaciones que se relacionen con el objeto social y que no estén prohibidas por las Leyes o por éste Estatuto.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 106 de fecha 24/07/2024 Reg. Nº 1683 Pilar María Rodriguez Acquarone - Matrícula: 4316 C.E.C.B.A.
e. 14/08/2024 N° 53499/24 v. 14/08/2024