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CONFEDERACION GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
CUIT 30-66178383-0 CONVOCATORIA CONGRESO EXTRAORDINARIO. El Consejo Directivo Central de la CONFEDERACIÓN GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA convoca a Congreso Extraordinario para el día lunes 25 de marzo de 2024 a las 14.00 horas, a realizarse en la calle Reconquista número 617, Piso 4° “A”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de tratar el siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Constitución del Congreso. 2 Designación de la Comisión de Poderes. 3. Consideración del despacho de la Comisión de Poderes. 4. Designación de un (1) Presidente y dos (2) Secretarios. 5. Acto eleccionario a cargo de cinco (5) Delegadas/os Congresales elegidas/os como miembros de la Junta Electoral.- 6. Elección por el voto directo y secreto de las/os Delegadas/os Congresales para elegir a los miembros de: A. Consejo Directivo Central de la CONFEDERACIÓN GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, - período 2024/2026- B. Tribunal de Cuentas- período 2024/2026- Todo lo referente al proceso eleccionario estará a cargo de la Junta Electoral que fuera elegida en el Congreso Extraordinario de la CONFEDERACIÓN GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA,- Se presentarán tantos candidatos como cargos haya que cubrir, determinando el nombre y apellido de los mismos, la entidad a la que pertenecen y el cargo para el cual se postulan. Por la presente se deja constancia que, de acuerdo a lo dispuesto por el estatuto, las entidades que integran la Confederación fueron lo suficientemente notificadas a fin de que las mismas notifiquen a las/los Delegadas/os Congresales. Asimismo, se comunica que los Delegadas/os Congresales al Congreso Extraordinario deberán asistir en representación de su Federación o entidades afiliadas en la proporción establecida en el Estatuto y de acuerdo a lo determinado por la normativa respectiva; debiendo acreditar al momento de emitir su voto con su documento de identidad y suscribir la documentación correspondiente. El Congreso comenzará en caso de existencia de quorum suficiente en el horario indicado y de no alcanzarse a dicho horario con la cantidad suficiente sesionará con el quorum requerido estatutariamente una hora después de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 27 del estatuto. Atentamente.- Buenos Aires, 28 de febrero de 2024. Miguel Ligori, Presidente. DESIGNADO POR INSTRUMENTO PRIVADO ACTA DE ASAMBLEA GRAL. ORDINARIA CONFEFDERATIVA 14/08/2017 MIGUEL ANGEL LIGORI - Presidente
e. 08/03/2024 N° 11652/24 v. 08/03/2024