CUIT 30-68725549-2. Se comunica que por Asamblea Gral. Extraordinaria del 17/07/2023 se resolvió modificar el objeto social, reformándose el Artículo Tercero, quedando redactado de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: El objeto de la sociedad será llevar a cabo por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, tanto en la República Argentina como en el exterior las siguientes actividades: a) COMERCIAL: comercialización, compra, venta y distribución de papel, y cualquier otro producto auxiliar utilizado o consumido en talleres gráficos y editoriales, sus materias primas y sus derivados, ingredientes químicos y naturales empleados en el proceso de producción y de todo otro material que sea necesario para llevar a cabo el objeto de la sociedad; b) IMPORTACION Y EXPORTACION: importación o exportación por cuenta propia o ajena, de las cosas o bienes descriptos en el inciso anterior; c) CONSTRUCTORA: construcción de edificios urbanos y rurales, viviendas individuales y todo tipo de obras de carácter público y privado, importación, exportación, comercialización, acopio y distribución de materiales para la construcción; d) INDUSTRIALES: fabricación, transformación, producción y elaboración de mercaderías relacionadas con la industria gráfica y afines, productos de librería y papelería, repuestos escolares y comerciales, material de enseñanza, carpetas, blocks, libros, envasado, fraccionamiento, industrialización e impresión de papel, cartones, cartulina, celulosa y materia prima para la industria gráfica, de packaging, de estuches y otros productos vinculados, conexos y relacionados con la industria gráfica.- Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante en la materia.- A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el Estatuto.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 17/07/2023. Abogado Dr. Fernando Luis Koval - Tº:125 Fº:102 C.P.A.C.F Fernando Luis Koval - T°: 125 F°: 102 C.P.A.C.F.
e. 28/07/2023 N° 58179/23 v. 28/07/2023