Se rectifica publicación N° 20324/23 del 29/03/2023. Por Instrumento Rectificatorio del 21/04/23 se modificó el art. 3 del Estatuto social, quedando redactado: “TERCERO: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, a las siguientes actividades: 1) Coordinación de servicios de atención de salud e internación domiciliaria y ambulatoria, incluyendo todas las actividades y especialidades que se relacionen con el arte de curar, así como la coordinación de la prestación de servicios de cuidados domiciliario de adultos y pediatría en el domicilio o instituciones, de pacientes con patologías especiales, cuidados paliativos, tratamiento del dolor y prestaciones de enfermería domiciliaria; 2) Coordinación de servicios de prestaciones domiciliarias de kinesiología, fisiatría y rehabilitación respiratoria y motora, fonoaudiología, nutrición y psicología, psicopedagogía, asistencia social y terapeutas ocupacionales y otras especialidades. 3) Coordinación de servicio de laboratorio a domicilio, electrocardiografía, radiología a domicilio, traslados de pacientes (terrestres y aéreos), módulos especiales de geriatría, oxigenoterapia domiciliaria en adultos y niños con insuficiencia respiratoria. 4) Alquiler, compra, venta e importación de equipamientos médicos: y todo tipo de insumos médico-quirúrgicos o descartables que requieran los pacientes. Sin Perjuicio de esta enumeración enunciativa, la sociedad tiene la capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto. Se deja constancia que las actividades que deban ser efectuadas por profesionales con título habilitante serán realizadas por profesionales contratados por la sociedad al efecto.” Autorizado según instrumento privado Rectificatorio de Estatuto de fecha 21/04/2023 Julieta Paola Cruzado - T°: 97 F°: 362 C.P.A.C.F.
e. 02/05/2023 N° 29030/23 v. 02/05/2023