(30-52136957-0) Por Reunión de Socios de fecha 23/2/2023 se resolvió reformar el artículo tercero del Contrato Social, quedando el objeto social redactado de la siguiente manera: “La sociedad tiene por objeto: a) COMERCIAL Y DE SERVICIOS: Compraventa, fraccionamiento, envasamiento, distribución, comercialización, consignación, exportación, importación de petróleo y sus derivados, lubricantes, químicos y petroquímicas, aceites, alcoholes y productos químicos en general. Explotación de estaciones de servicio, unidades o centros de venta y expendio de combustibles, lubricantes y accesorios para el automotor, vehículos de carga y transporte, minimercados, etc. Compraventa, importación, exportación, comercialización, distribución, consignación, comisiones y representación de materiales, equipos, componentes, accesorios de productos de y para la industria naval de petróleo y sus derivados y de la petroquímica, operaciones de almacenamiento y muelles de carga y descarga para petróleo, químicos, lubricantes, aceites, alcoholes y cualquier otro producto vinculado su actividad comercial e industrial; b) INDUSTRIAL: Exploración, extracción, elaboración, producción, destilación, procesamiento, refinación y mezcla de petróleo y sus derivados, de productos químicos, petroquímicos, aceites, alcoholes y lubricantes. Elaboración y fabricación de elementos de la navegación, construcción, carpintería, mecánica, limpieza, reparación, pintura de embarcaciones; operación y manipuleo de instalaciones industriales y almacenamiento, manipulación y despacho de explosivos y otros materiales controlados; c) MARITIMA: Aprovisionamiento, armado, equipamiento, o de cualquier manera utilización de buques o cualquier clase de embarcación, con cualquier destino, sea fluvial o marítimo, su navegación, efectuar tareas de estibaje, carga y descarga y todas las comprendidas en la actividad de agente marítimo y proveedores marítimos; d) TRANSPORTE: Realizar la actividad de transporte en todas sus gamas, terrestre, fluvial o marítima, interno o internacional, actuando directamente como transportista, fletador, charteador, armador o contratando servicios de transporte, utilizando para ello medios propios o ajenos, tomados o contratados, o utilizados mediante cualquier tipo de convenio, acuerdo o contrato; e) INMOBILIARIA: Adquisición, venta, permuta, arrendamiento, fraccionamiento o subdivisión, alquiler, administración y urbanización de toda clase de inmuebles, urbanos o rurales, con fines de explotación, renta o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal; f) FINANCIERA: La realización de inversiones o aportes de capital a empresas, particulares y sociedades constituidas para negocios presentes o futuros. Constitución, transferencia y cesión de hipotecas y otros derechos reales sobre muebles o inmuebles, embarcaciones o aeronaves y constitución, transferencia y cesión de prendas y créditos prendarios. Compraventa de títulos de la deuda pública o privada, nacional o extranjera, acciones, debentures, obligaciones y cualquier otro valor mobiliario nacional o extranjero. Adquisición de partes de intereses o de acciones de sociedades. Compraventa de activos, sean ellos muebles o inmuebles, utilizando a tal fin capital propio; fideicomisos, prestación de servicios de administración, representación, custodia y asesoramiento, otorgamiento de créditos con fondos propios, sean o no garantizados, de prendas, y realización de toda dase de operaciones permitidas por las leyes con excepción de las previstas por la ley de entidades financieras u otras en las que se requiera concurso público; g) En el desempeño de esas funciones, la Sociedad podrá inscribirse como permisionario de depósito fiscal y/o plazoleta fiscal, agente marítimo, agente de transporte aduanero, importador, exportador, plazoleta de contenedores y carga general, operador de contenedores, contratista y estibadora ante las autoridades competentes y/o a cumplir cualquier otra reglamentación o normas que impongan las autoridades aduaneras, Prefectura Naval, Municipales, Provinciales y/o autoridades administrativas ya sea en el orden Nacional, Federal o internacional; y h) Para el desarrollo de tales actividades y cuando así corresponda, podrá requerir las habilitaciones e inscripciones que sean menester y en su caso solicitar la registración de proveedores del Estado Nacional, Provincial, Municipal y/o Depósitos Fiscales” Autorizado según instrumento privado Acta de Reunión de Socios de fecha 23/02/2023 Agustina Zappalá - T°: 141 F°: 882 C.P.A.C.F.
e. 28/02/2023 N° 10837/23 v. 28/02/2023