Constitución: Por Esc. 316 del 16/11/22 R° 7 de Malvinas Argentinas, se constituyó S.R.L.: 1) Socios: los cónyuges primeras nupcias Juan de Dios RUIZ CAÑETE, 08/03/59, DNI 92.238.321, CUIT 24-92238321-5; y Clarita Concepción IRALA SARABIA, 17/08/65, DNI 92.111.371, CUIT 23-92111371-4, ambos paraguayos, comerciantes y domiciliados en Condarco 2691 CABA. 2) DISTRIBUIDORA TELEX J&C S.R.L.; 3) 30 años desde inscripción; 4) $ 1.000.000 dividido en 1.000 cuotas de $ 1.000 v/n cada una y 1 voto por cuota. Suscripción: Juan de Dios RUIZ CAÑETE con 700 cuotas y Clarita Concepción IRALA SARABIA con 300 cuotas. Integración: 25% en efectivo y saldo en 2 años; 5) Objeto: COMERCIAL: compraventa por mayor y menor, importación, exportación y distribución de telas, fibras, hilados, tejidos y demás materias primas y accesorios para la industria del tapicero, como así también el transporte de los mismos, o su almacenamiento y depósito, mediante la organización, transporte, embalaje, acondicionamiento, mercadeo y distribución de todo tipo de sus productos, por cualquier medio de transporte, propio o de terceros, tanto en el país como en el exterior.- Fabricación, montaje y restauración de toda clase de muebles, corte y confección, tapizados de muebles con telas, fibras, hilados, tejidos y demás materias primas y accesorios ofreciendo sus servicios profesionales para hogares como para empresas. Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante en la materia. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a profesionales con título habilitante será realizada por medio de éstos. 6) Sede: Condarco 2691 CABA; 7) Gerencia: 1 o más gerentes, socios o no, con actuación indistinta por término social; 8) Gerente: Juan de Dios RUIZ CAÑETE, acepta cargo y constituye domicilio especial en la sede social; 9) Cierre ejercicio: 31/12.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 316 de fecha 16/11/2022 Reg. Nº 4 Patricia Adriana Minniti - T°: 108 F°: 935 C.P.A.C.F.
e. 22/11/2022 N° 95008/22 v. 22/11/2022