CUIT 30-70757448-4. Por Asamblea Extraordinaria del 2 de agosto de 2022, se resolvió reformar el artículo 3: Artículo tercero: Tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada con terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades: A) EDITORIAL: Publicación de libros, revistas, folletos y periódicos, diarios semanales y/ mensuales. B) Comerciales: Importación y exportación, compraventa, comercialización y la realización de los servicios de publicidad y promoción en sus distintas modalidades, ya sea por prensa, radio, televisión, internet, transportes, carteleras, letreros, stands, gráficos, impresos, megáfonos, films publicitarios, películas cinematográficas o por cualquier otra forma de difusión usual para tal fin o que en el futuro se creara. Organización integral de eventos de cualquier naturaleza; producir, promover, distribuir, organizar, dirigir y asesorar programas de radio o televisión, la realización, montaje y fabricación de los elementos necesarios para su fin. Comercialización de las publicaciones mencionadas en el punto A). Impresión, encuadernación, grabado y cualquier otro proceso industrial necesario para la edición de las publicaciones indicadas precedentemente. C) Proyecto, dirección, construcción y asesoramiento de obras de todo tipo para fines publicitarios, construcción de stands, y cualquier tipo de construcciones prefabricadas removibles y tipo de obras de ingeniería y arquitectura, públicas o privadas, todo lo cual estará a cargo de profesionales con título habilitante de acuerdo con las reglamentaciones en vigor. D) Instalación, organización y/o explotación de industrias y/o stands que tengan relación con la construcción para fines publicitarios, incluyendo la recreación de escenarios deportivos y culturales, pudiendo a tal efecto alquilar elementos tales como toldos y carpas para deportes, equipos de atletismo, equipos de recreación y/o gimnasia en general. E) Compraventa, trueque, importación, exportación, consignaciones y representaciones de materias primas y productos afines a la construcción para los fines indicados en los puntos precedentes. F) Efectuar toda clase de operaciones financieras permitidas por las leyes con exclusión de las comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y otras que requieran el concurso público. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por éste estatuto. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 02/08/2022 Cecilia Lopez Lecube - T°: 127 F°: 633 C.P.A.C.F.
e. 08/08/2022 N° 60365/22 v. 08/08/2022