CUIT 30-71120405-5 – Por Asamblea General Extraordinaria de fecha 22/03/2022 se aprobó (A) el acuerdo definitivo de fusión entre Tinogasta Solar S.A. (absorbente), Saujil Solar S.A. y Fiambala Solar S.A. (absorbidas); (B) se reformaron los siguientes artículos del Estatuto Social: (i) Art. Primero Bajo la denominación social “360 ENERGY CATAMARCA S.A.” continuará funcionando la sociedad antes denominada “Tinogasta Solar S.A.” y originalmente denominada “Calingasta Solar S.A.”. Tiene su domicilio legal en la Cuidad Autónoma de Buenos Aires y podrá establecer agencias, sucursales, filiales y/o corresponsalías y domicilios especiales dentro y fuera del país; (ii) Art. Tercero: La Sociedad tiene por objeto realizar por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: Planificación, desarrollo, ejecución y explotación de emprendimientos de Energía Renovable (Eólica, Solar, Hidroeléctrica, Geométrica, Biomasa y Biogás) para la producción y venta de energía eléctrica destinada al Mercado Eléctrico Mayorista y otros consumidores de energía eléctrica, como asimismo la venta, compra, alquiler o distribución de toda clase de maquinarias, artefactos o implementos afines a la energía renovable y eléctrica, o a otras industrias que tengan relación con negocios de la Sociedad. En todo lo relacionado con este fin la Sociedad podrá efectuar todo tipo de contratos y operaciones, ya sea para la compra, consignación, venta, importación, exportación, instalación, permuta, leasing, fideicomiso, prendas y la realización de todas las operaciones comercialmente aceptadas sobre dicho objeto y podrá realizar en fin todos los actos y contratos que tiendas al cumplimiento del objeto social y no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. La Sociedad podrá realizar toda clase de operaciones financieras con excepción de las comprendidas en la Ley 21.526. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto que resulten necesarios para la consecución de su objeto; y (iii) tras el aumento de capital resultado de la fusión, se llevó el capital social de $ 263.691.477 a $ 588.884.061, y como consecuencia del canje de las acciones, la tenencia es la siguiente: 360 Energy S.A. detenta 439.846.309 acciones y 360 Energy Solar S.A. 149.037.752 acciones. Todas las acciones mencionadas son ordinarias, escriturales, de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, y se encuentran suscriptas e integradas en su totalidad, el Art. Cuarto quedo redactado de la siguiente manera: El capital social es de $ 588.884.061 representado por 588.884.061 acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso ($ 1) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme al artículo 188 de la Ley 19.550”. Autorizado según instrumento privado Asamblea Extraordinaria de fecha 22/03/2022 Maria Lucrecia Silvestroni - T°: 117 F°: 10 C.P.A.C.F.
e. 03/05/2022 N° 29513/22 v. 03/05/2022